GUARDIA CIVIL NUEVAS DENUNCIAS POR TORTURAS PRESENTADAS DURANTE 1995 CONTRA GUARDIAS CIVILES GC - 1.- El 9 de enero, JUAN CARLOS M. resultaba herido de bala en la cabeza por disparos efectuados por agentes de la Guardia Civil de la localidad leridana de Seo d´Urgell, que habían penetrado en territorio andorrano para interceptar una partida de contrabando. Inicialmente el Gobierno Civil de Lleida negó los hechos y atribuyó los disparos a un enfrentamiento entre bandas rivales. Meses después, tres guardias civiles de la localidad leridana fueron detenidos y puestos a disposición judicial, ante quien el agente J. P. SÁNCHEZ PRIETO reconoció haber sido el autor de los disparos. Junto a este agente fueron inculpados, como encubridor y cómplice, los agentes J. J. C. V. y J. M. M. V. GC - 2.- El 17 de enero, en Pamplona, agentes de la Guardia Civil detuvieron a JOSÉ MANUEL JURADO TORVISCO, JAIME JESÚS ENCINAS GIL, ANA BUITRÓN ZAZPE y BELTZANE OBANOS, esta de 16 años de edad, bajo la acusación de formar parte de los "grupos Y de apoyo a ETA". Dos días después, tras su puesta a disposición de la audiencia Nacional, quedaron en libertad después de haber denunciado las torturas sufridas durante su estancia en las dependencias policiales: golpes en la cabeza, patadas en los testículos, la aplicación de la "bolsa", amenazas de ejecución, etc... Iniciadas las investigaciones judiciales por estas denuncias, la causa seguida por las torturas a Txema Jurado fueron archivadas definitivamente por la audiencia de Pamplona en el mes de junio. Días después corrían igual suerte las restantes denuncias. GC - 3.- El 28 de enero, JULIA MAKUSO, que fue detenida por presunta colaboración con ETA en diciembre de 1994 habiendo denunciado que sufrió torturas , denunció ante el juzgado de Instrucción nº 1 de Pamplona las amenazas telefónicas recibidas en su domicilio por parte de agentes de la Guardia Civil. En concreto el día indicado recibió una llamada que decía "Julia, Julia, ya puedes irte de Navarra. Vas a morir quemada, cabrona". Julia creyó reconocer la voz de un agente que se hacía llamar "Antxón" y que participó en los interrogatorios a que fue sometida tras su detención. Otras llamadas la instaban a actuar de colaboradora con la Guardia Civil informando sobre personas vinculadas a la izquierda vasca. En la investigación efectuada por el juzgado, declaró en calidad de inculpado el capitán de la Guardia Civil DANIEL MONLEÓN JIMÉNEZ . Su nombre aparecía adscrito al teléfono que se le había facilitado a Julia Makuso para colaborar con la policía. El capitán negó haber amenazado a la denunciante e intentó desacreditarla diciendo que Julia Makuso era una colaboradora habitual con la Guardia Civil y por eso tenía su teléfono . GC - 4.- Los padres de seis menores de la localidad tinerfeña de Los Cristianos formularon una denuncia contra varios agentes de la Guardia civil que, a mediados de febrero, agredieron a los jóvenes, tres de los cuales tuvieron que ser asistidos en la casa de socorro. Los agentes, que iban de paisano salvo uno de ellos que iba uniformado, fueron requeridos por una mujer, esposa del guardia civil que se presentó de uniforme, y que al parecer fue molestada por los jóvenes cuando jugaban al hockey sobre patines en una plaza pública. GC - 5.- El 23 de febrero, agentes de la Guardia Civil desencadenó una operación en Catalunya, que posteriormente y gracias a las confesiones obtenidas tendrá su continuidad en Vizcaya y Navarra, tras la que fueron detenidas 36 personas bajo la acusación de pertenencia a banda armada, 21 de los detenidos denunciaron haber sido torturados durante su estancia en las dependencias policiales. En Catalunya fueron detenidos y denunciaron haber sido objeto de torturas: El 22 de febrero, JUAN CARLOS MALLA GÓMEZ, CONCEPCIÓN CASADO I FUENTES, AGURTZANE EZKERRA PÉREZ DE NANCLARES, ZIGOR LARREDONDA MUÑOZ y MARÍA FERRER MARTÍNEZ, detenidos en Barcelona. JOSÉ MIMBRERO GONZÁLEZ y JUAN MIMBRERO CANDALIJA, en El Vendrell. Días después, el 28 de febrero, fueron detenidos EUKENE RODRÍGUEZ CORREDERA, en Hospitalet, y PEDRO VILELLA CUESTA, en Sallent. Todos ellos manifestaron haber sido torturados tanto en las dependencias de la Guardia Civil de Barcelona como en la dirección general de este cuerpo en Madrid. En la causa judicial abierta ante el Juzgado de Instrucción nº 21 de Barcelona por las torturas sufridas por JUAN CARLOS MAYA y su esposa CONCEPCIÓN CASADO, han declarado en calidad de inculpados al menos once agentes de la benemérita, entre ellos el agente JUAN CARLOS RECAJ MIGUEL como VICENTE JAVIER NADAL DE DIOS que negaron haber infligido torturas a los detenidos. GC - 6.- En la misma operación policial, pero esta vez en Vizcaya, fueron detenidos y denunciaron haber sido torturados en el Cuartel de La Salve y, en algún caso, en las dependencias de la Guardia Civil de Tres Cantos: IGOR FULLAONDO BETANZOS, VÍCTOR CERRADA RODRÍGUEZ, MARIO LÓPEZ CALZADA (detenidos el 23 de febrero), TXEMA DUÑABEITIA EIGUREN y JON BILBAO DIAZ (detenidos el 1 de marzo). El trato recibido consistió fundamentalmente en golpes en la cabeza, amenazas y vejaciones de tipo sexual. GC - 7.- Por último, en Navarra y el 27 de febrero, fueron detenidos y denunciaron haber sufrido torturas durante su estancia en las dependencias de la Guardia Civil, tanto en Pamplona como en Madrid: MIKEL LEGARRA, SOTERO ETXANDI JUANIKOTENA, JORGE VELASCO LINARES, CRISTINA BALENCIAGA ARRUABARRENA, JESÚS MARÍA ARANZAMENDI ARBULU, RAFAEL MARTÍN MANRIQUE y KOLDO ASENSIO ALONSO. Sotero Etxandi, denunció que, entre las agresiones sufridas, agentes de la Guardia Civil llegaron a introducirle un palo por el ano. Su denuncia correspondió al Juzgado de Instrucción nº 2 de Pamplona, ante el que declaró como imputado el agente de la Guardia Civil IGNACIO ESCALADA, tras lo cual, el instructor decidió archivar la causa por entender que no había quedado acreditada la existencia de delito alguno. GC - 8.- El preso IGNACIO DE JUANA CHAOS, denunció ante el Juzgado de Valdemoro las agresiones sufridas por parte de varios miembros de la Guardia Civil encargados de su custodia durante el traslado, del que fue objeto entre las cárceles de Alicante y Valdemoro, el 8 de marzo. De Juana Chaos se encontraba en la prisión de Murcia cumpliendo pena por pertenencia a banda armada cuando recibió una orden para recoger sus efectos al ser trasladado de cárcel, haciendo escala en la prisión de Alicante. En esta cárcel, el día 8, en el pasillo del furgón policial en que iba a ser conducido, al que acababa de subir y estando esposado, un agente se abalanzó sobre él por la espalda y le propinó golpes en la cabeza, a la altura e la nuca, y en la espalda y piernas. Al darse la vuelta para defenderse, De Juana Chaos recibió varios golpes en los testículos. A su llegada a la cárcel de Valdemoro, el médico de la prisión le reconoció y emitió un informe en el que se detallan los hematomas y secuelas de los golpes recibidos. GC - 9.- El Ministerio Fiscal solicitó penas que sumaban un total de diez meses de arresto y multa para los agentes de la Guardia Civil JUAN JOSÉ SANTOS LÓPEZ y FRANCISCO SILGADO POBLADOR por los delitos de amenazas, coacciones, denuncia falsa y detención ilegal de JOSÉ MARÍA ALCOLEA por hechos ocurridos el 14 de marzo de 1995 en la localidad alicantina de Benidorm. Finalmente, la Sección Tercera de la Audiencia Provincial alicantina absolvió a los agentes de todos los cargos, al entender que las actuación de los agentes fue legal en todo momento y todo se debía a una maniobra del denunciante. Según la denuncia y el relato del Fiscal, rechazado en su totalidad por el Tribunal, los agentes denunciados habrían elaborado un atestado falso contra José María Alcolea, implicándole en un atentado que, según testigos, nunca se produjo, y después de que este hubiera recibido amenazas de muerte por parte de uno de los acusados. El 14 de marzo, los agentes denunciados y ahora absueltos habrían acudido a detener a José María Alcolea en base a una orden de busca y captura existente contra él por parte de un juzgado de Benidorm, si bien al parecer otro juzgado le había dejado anteriormente en libertad sin cargos, por ello se produjo un forcejeo entre el denunciante y los agentes que finalizó con la huida del primero, que abandonó el vehículo de su propiedad. Al día siguiente, José María Alcolea habría llamado al cuartel para preguntar por su vehículo, recibiendo amenazas de muerte por parte de unos de los agentes que había intentado detenerle el día anterior. Estas amenazas quedaron grabadas en un cassette. El Tribunal, en base a otros testimonios y a que el denunciante ya había sido condenado anteriormente por estafa, absolvió a los agentes. GC - 10.- JOSÉ RODRÍGUEZ FERNÁNDEZ, de 63 años de edad, perdió el ojo izquierdo a consecuencia del impacto de uno de los botes de humo disparado por agentes de los Grupos Rurales de Seguridad de la Guardia Civil contra miembros de asociaciones ecologistas y vecinos de la localidad gaditana de Tarifa que protestaban, el 11 de abril, contra la linea de alta tensión que está previsto instalar entre la península y África. Durante la actuación de la Guardia Civil, al menos veinte vecinos resultaron heridos, seis de ellos de consideración. GC - 11.- Dos agentes de la guardia civil del puesto de El Vendrell (Tarragona), cuyos nombres responden a las iniciales J. C. B. y J. A. S., fueron encarcelados por el titular del Juzgado de Instrucción nº 4 de El Vendrell bajo la acusación de haber violado, en la madrugada del 3 de mayo, a una ciudadana de origen checo, que trabajaba en un club de alterne de la carretera de El Vendrell a Barcelona, a la que previamente solicitaron la documentación para después trasladarla, con la excusa de practicar mas comprobaciones sobre su identidad, a un descampado en el que se consumó la violación por uno de los agentes mientras el otro miraba. GC - 12.- El agente de la Guardia Civil V. M. M. presentó, en mayo, una denuncia contra varios agentes el mismo cuerpo policial a los que acusa por haberle propinado una paliza el 1 de mayo en el cuartel de la localidad sevillana de Sanlúcar la Mayor. Los hechos que dieron lugar a la denuncia se produjeron a raíz de la discusión previa que el denunciante tuvo con su esposa, hermana de un guardia civil destinado en Sanlúcar la Mayor, tras lo cual dos agentes de este cuartel procedieron a detener a V. M. y trasladarlo a los calabozos de las dependencias policiales donde procedieron a golpearle causándole lesiones en pómulo izquierdo, piernas, brazos, codos, torso y muñecas según el parte de lesiones aportado junto a la denuncia. Los guardias civiles denunciados presentaron, a su vez y previamente, una denuncia contra V. M. GC - 13.- El 30 de mayo, en la ciudad de Pamplona, ANA CADENA fue secuestrada, golpeada, vejada sexualmente e interrogada por cuatro personas sobre el paradero de José María Aldaia, entonces secuestrado por ETA, mientras insistían en sus relaciones con la organización armada . Los secuestradores que se identificaron como guardias civiles, la dejaron en libertad tras siete horas de interrogatorio, tras el cual Ana Cadenas presentaba policontusiones en la zona cervico- dorsal-lumbar, contusiones en mamas y un esguince cervical que necesito de la colocación de un collarín. Ana Cadena, en su denuncia, hacía constar que estas personas serían los mismos cuatro agentes de la Guardia Civil que custodiaban el edificio de la Audiencia Provincial de Pamplona el 24 de mayo, fecha en la que los agentes indicados abordaron a Ana Cadenas y la obligaron a entrar en la cabina de control de la sede judicial donde fue interrogada acerca de sus relaciones con ETA. Cuatro agentes declararon ante el Juzgado de Instrucción nº 1 de Pamplona y uno de ellos reconoció que, el día 24 de mayo, habían identificado a la denunciante, pero negó el interrogatorio así como las torturas denunciadas. GC - 14.- JESÚS DURÁN, formuló el 31 de mayo, una denuncia contra un agente de la Guardia Civil de Malgrat del Mar (Barcelona) por la agresión sufrida en el interior del cuartel de la Benemérita de esta ciudad el 13 de mayo, después de que varios agentes procedieron a identificar, detener y finalmente trasladarle al cuartel de la Guardia Civil por estar fumando unos "porros" en una plaza pública. Una vez en el cuartel, y estando esposado, uno de los agentes le empujó tirándole al suelo, donde le propinó varias patadas y puñetazos. GC - 15.- El 20 de junio se presentó una denuncia ante los Juzgados de Denia (Alicante) contra los agentes de la Guardia Civil del acuartelamiento de Calpe que mantuvieron a un detenido, PETER BONZELIUS, atado a una argolla durante más de 24 horas. Según manifestaciones del Teniente Coronel de la Guardia Civil, Antonio Torrado, los agentes esposaron al arrestado a una argolla a causa de la falta de medios del cuartel de Calpe, que carece de calabozos, y porque así estaría mucho más cómodo que con las manos atadas por detrás y que el propio detenido prefirió permanecer en esta situación a ser trasladado a los calabozos de una cuartel cercano. GC - 16.- El 24 de junio, unidades antidisturbios de la Guardia Civil cargaron contra las personas que se encontraban celebrando las fiestas patronales de la localidad de Bañarían. Entre los asistentes se produjeron diversos heridos, entre ellos MIKEL FRAGO, de 15 años de edad, y GORKA GÓMEZ, de 18 años. Ambos formularon sendas denuncias contra la Guardia Civil Mikel Frago recibió el impacto directo de una pelota de goma en la cara que le fracturó la mandíbula. Una vez que cayó al suelo recibió golpes y porrazos por todo el cuerpo. Tuvo que ser ingresado en el Hospital Virgen del Camino donde fue intervenido quirúrgicamente. Por su parte, Gorka Gómez, recibió un impacto en un costado que le causó un neumotorax con coágulo de sangre en la pleura. También hubo de ser hospitalizado e intervenido quirúrgicamente. GC - 17.- En la madrugada del 28 al 29 de junio, un grupo de agentes de la Guardia Civil irrumpió en diversos bares y calles de la localidad navarra de Doneztebe, que celebraba sus fiestas patronales, desalojando a los allí congregados. A raíz de esta intervención se produjeron fuertes enfrentamientos entre vecinos y agentes policiales que finalizaron con la detención de cinco personas , entre ellas TXEMA BALLENERA que fue golpeado por los agentes que le detuvieron causándole diversas lesiones en la cara, brazo izquierdo y espalda. En la denuncia presentada por Ballenera, este hacía constar que los agentes, mientras le golpeaban reiteradamente, le decían "esto para que pongas otra denuncia" en alusión a la denuncia por el presentada contra la Guardia Civil al ser herido de bala en un hombro cuando fue detenido, anteriormente, por su condición de insumiso. GC - 18.- El 19 de agosto, agentes de la Guardia Civil de la localidad de Vilafranca (Castellón) solicitaron la documentación a un joven de la localidad. Éste, que no llevaba encima el DNI, abandonó el lugar siendo perseguido por los agentes. Nada más darle alcance, uno de estos golpeó a JESÚS F. en el cara y en el vientre, posteriormente lo esposó y volvió a golpearle, arrastrándole entonces hasta el vehículo policial. Numerosos vecinos, que vieron la actuación de la patrulla de la Guardia Civil, se congregaron poco después ante el cuartel del cuerpo exigiendo la inmediata puesta en libertad. GC - 19.- El 23 de agosto, agentes e la Guardia Civil procedieron a la detención de JON SALABERRIA, IKER BERISTAIN, JUAN PEDRO PLAZA, IMANOL IPARRAGIRRE y ANTXON OILOKIEGI bajo la acusación de pertenencia a los denominados "Grupos Y". Los cinco detenidos denunciaron haber sido objeto de torturas y malos tratos durante su estancia en el cuartel de El Antiguo de San Sebastián y en las dependencias de Madrid, antes de ser puestos a disposición de la Audiencia Nacional, que decretó su libertad provisional, en algún caso después de prestar la fianza señalada. El trato recibido por los detenido consistió, fundamentalmente, en golpes y amenazas, pero también les fueron aplicados electrodos y la "bolsa", como a Imanol Iparragire, y se les ofreció la posibilidad de acabar con las torturas si colaboraban con la Guardia Civil, como a Antxon Oilokiegi. GC - 20.- En la madrugada del 1 de octubre, Miembros de las unidades antidisturbios de la Guardia Civil, acompañados de agentes destinados en el cuartel del mismo cuerpo en Las Rozas (Madrid) causaban 46 heridos entre los asistentes a la verbena que se estaba celebrando en la localidad madrileña con motivo de las fiestas patronales. Sin embargo fuentes del Centro de salud municipal, elevaban la cifra de personas que necesitaron asistencia a doscientas personas. La actuación policial tuvo su origen en un incidente entre los dueños de un chiringuito allí instalado y unos vigilantes jurados. Estos avisaron a la Guardia Civil, que destacó al lugar a treinta y siete agentes que, nada más llegar, comenzaron a golpear y disparar botes y pelotas de goma contra los congregados, deteniendo a 22 de ellos a los que, posteriormente se acusó, de resistencia y atentado. Entre los detenidos se encontraba JOSÉ ANTONIO GONZÁLEZ HENCHE, a quien los agentes acusaron de haber incitado a los enfrentamientos al resto de los jóvenes y que, por su parte sufrió diversos hematomas y heridas por la actuación policial. Tras trasladar a los detenidos al cuartel de la benemérita en Las Rozas, varios de ellos fueron objeto de nuevos golpes, insultos y amenazas, según las denuncias presentadas ante el Juzgado de Majadahonda, a cuya disposición fueron puestos. El expediente interno abierto por la Delegación de Gobierno finalizó con el reconocimiento de que "se produjeron algunos errores en la carga policial". La Guardia Civil, por su parte, elaboró otro informe interno que concluía con que la actuación policial fue correcta. GC - 21.- JOSÉ LUIS R. C., vecino de Baza (Granada) formuló denuncia contra los agentes de la Guardia Civil que el 15 de octubre le agredieron en un control policial en la carretera de Baza a Caniles. Según la denuncia, ese día el denunciante volvía con su hermano, que conducía el vehículo, a su domicilio en Baza cuando cruzaron un control de la Guardia Civil a velocidad reducida. sin que hubiere señales de pararse. Los agentes iniciaron una persecución del vehículo del denunciante hasta que este se paró. En ese momento los agentes exigieron al conductor que hiciese una prueba de alcoholemia, cuando este explicaba su imposibilidad para efectuarlo en base a un antiguo accidente, los agentes comenzaron a zarandearles y a amenazarles, llegando uno de ellos a golpear con una linterna en la cabeza al denunciante, arrojándole después al suelo. GC - 22.- El 23 de noviembre, agentes de la Guardia Civil detenían a DANIEL SÁNCHEZ en la ciudad de Vitoria bajo la acusación de haber participado en un sabotaje contra una sucursal bancaria, tras lo que fue trasladado al cuartel de la Benemérita de Sansomendi. Antes de ser puesto a disposición judicial, Daniel Sánchez tuvo que ser trasladado desde el cuartel al Hospital de Santiago Apóstol donde se le apreciaron fuertes hematomas en la cabeza. Puesto a disposición judicial, Daniel Sánchez denunció las torturas sufridas en las dependencias policiales y, según su relato, recibió varias palizas durante los interrogatorios cuando las respuestas no eran las esperadas por los agentes. GC - 23.- Cinco vecinos de la localidad onubense de Alosno, entre los que se encuentran ANTONIO MÁRQUEZ, ANASTASIO MARTÍN y JOSÉ L. GALÁN, presentaron a finales del año y ante el Defensor del Pueblo Andaluz una queja contra varios agentes destinados en el cuartel de la Benemérita de la localidad por las agresiones de las que estaban siendo objeto desde hace unos meses. La delegación el gobierno prometió investigar lo sucedido. La agresiones tuvieron su origen en unos incidentes ocurridos en mayo, durante las fiestas patronales, y se agravaron a finales de año al aparecer en la localidad de Alosno unas pintadas contra la Guardia Civil de las que los agentes hacen responsables a los jóvenes denunciantes. Entre las agresiones denunciadas está la efectuada por Antonio Márquez, quien asegura que, en cierta ocasión, los agentes le pidieron el carnet y, sin mediar palabra, le empujaron contra un coche y entre un sargento y un agente le propinaron varias patadas. Posteriormente le trasladaron al cementerio de la localidad y, tras colocarle frente a la tapia del mismo, volvieron a golpearle en el pecho. SEGUIMIENTO DE LAS CAUSAS POR TORTURAS DE AÑOS ANTERIORES A 1995 SEGUIDAS CONTRA MIEMBROS DE LA GUARDIA CIVIL GC - 101.- Quince años después de las torturas sufridas por siete vecinos de la localidad vizcaína de Amorebieta (JUAN JOSÉ LARRINAGA, JON URRUTIA, FERNANDO IRACULIS, ERNESTO ALBERDI, ROBERTO ZABALA, JUAN LUIS IRACULIS y AGUSTÍN GUISASOLA) en el cuartel de La Salve de Bilbao, se señalaba fecha para el juicio oral contra diez de los miembros de la Guardia Civil que participaron en dichas torturas: LUCIO DE SOSA ROBLEDO, JOSÉ GARCÍA MALDONADO, JOSÉ VÁZQUEZ DOMÍNGUEZ, FELIPE MATEOS ROBLES, ANTONIO BELTRÁN ALCÁNTARA, PAULINO SANTOS CAMPAÑA, JULIÁN GONZÁLEZ POMARES, ANTONIO BAILO ROCHE, ANTONIO AIREAS CARNERO y ANTONIO TOCÓN DÍEZ . El 19 de noviembre de 1990, fueron detenidos por la Guardia Civil en sus domicilio Ernesto Alberdi, Jon Urrutia, Juan José Larrinaga, Roberto Zabala y Fernando Iraculis. Diez días después eran detenidos Juan Luis Iraculis y Agustín Guisasola. Todos ellos acusados de pertenencia a ETA. Trasladados al cuartel de La Salve fueron objeto de golpes por todo el cuerpo, y de las técnicas de tortura denominadas "La bañera" y "La bolsa", así como objeto de amenazas sobre ellos y sus familias. La causa iniciada tras la querella presentada por familiares de los detenidos estuvo varios años paralizada al pretender que fuesen los tribunales militares quien investigasen lo ocurrido, y hasta diciembre de 1982 la causa no llegó a los tribunales ordinarios. En octubre de 1990 el sumario se transforma en procedimiento abreviado en virtud de la reforma de la ley de enjuiciamiento criminal. GC - 102.- Con dieciséis meses de retraso, en mayo, el Ministerio de Defensa procedió a ejecutar, parcialmente, la sentencia del Tribunal Supremo que, por las penas impuestas, obligaba a expulsar de la Guardia Civil a varios agentes (entre ellos dos tenientes coroneles ) por haber torturado en 1981 a TOMÁS LINAZA. Los Guardias civiles expulsados fueron el ex teniente coronel RAFAEL MASA GONZÁLEZ, el brigada ÁNGEL FUENTES ROMERO, los cabos primeros JULIÁN PÉREZ MONTESINOS y SANTIAGO LÓPEZ RICO y los números MIGUEL CABALLERO SÁNCHEZ y DIEGO CERÓN GARCÍA. También habían sido condenados el teniente coronel JOSÉ MARTÍN LLEVOT, que fue indultado por el Gobierno para evitar su expulsión, y los sargentos LUCIO SOSA ROBLEDO y ALFREDO SERRANO PASTOR, a este último se le concedió el beneficio de la suspensión de la pena de privación de libertad para evitar su ingreso en prisión, no así a Lucio Sosa por haber sido condenado anteriormente por torturas a otro detenido . Tomás Linaza Euba fue detenido, el 14 de mayo de 1981 en Bilbao, por ser el padre de un miembro de ETA refugiado en el sur de Francia. Trasladado al cuartel de La Salve fue sometido a torturas por varios agentes, entre ellos Alfredo Serrano y Lucio de Sosa. Martín Llevot, entonces responsable del cuartel, impidió que el médico forense enviado por el Juzgado de Guardia reconociese al detenido alegando que había sido trasladado a Madrid, lo que era falso. Esta misma versión la reiteró posteriormente en un oficio dirigido al Juzgado. Los demás condenados fueron testigos, o tuvieron conocimiento de las torturas sufridas por Linaza, pero no hicieron nada por evitarlas. Junto a Tomás Linaza fueron detenidos, entre otros, JUAN JOSÉ CAMARERO NÚÑEZ, MANUEL BARRENECHEA, IGNACIO ARTECHE y LORENZO BIZKARGENAGA. Todos ellos denunciaron haber sido torturados, pero sus denuncias fueron archivadas. GC - 103.- La Sala Segunda del Tribunal Supremo confirmó la sentencia de la Audiencia Provincial de San Sebastián por la que tres guardias civiles, EMILIO MARIÑO MARTÍN, CARLOS PRIETO BRAGADO e ISIDRO MARTÍNEZ VILLOTA fueron condenados a penas de dos meses de arresto y otros dos de suspensión, para cada uno de ellos, por un delito de malos tratos en 1982 a JUAN CARLOS GARMENDIA IRAZUSTA. La audiencia impuso las penas en su mínimo grado alegando que habían transcurrido más de diez años desde los hechos juzgados. La misma sentencia absolvía a otros dos guardias civiles, también procesados, JOSÉ PÉREZ NAVARRETE y JUAN CARLOS RECAJ MIGUEL , si bien uno de los Magistrados emitió un voto particular por el que se condenaba a los cinco guardias civiles. La levedad de las penas fue argumentada en el largo tiempo transcurrido desde que ocurrieron los hechos. Este mismo argumento fue utilizado por el Tribunal en una primera sentencia para absolver a los cinco agentes reseñados; en aquella ocasión la Audiencia Tribunal de San Sebastián alegó la prescripción de los posibles delitos. Sin embargo la Sala Segunda del Tribunal supremo rechazó esta pretensión y ordenó a la Audiencia guipuzcoana dictar una nueva sentencia en base a los hechos declarados probados. La nueva sentencia fue apelada y el alto Tribunal la ha confirmado. Juan Carlos Garmendia fue detenido el 18 de agosto de 1982 en Ordicia (Guipúzcoa) acusado de pertenencia a banda armada. Permaneció incomunicado en el cuartel del Antiguo hasta el 25 del mismo mes, siendo torturado por los agentes que le custodiaban: una patada propinada por Martínez Villota le produjo la rotura de la nariz; igualmente sufrió descargas eléctricas, le fue colocada una bolsa de plástico en la cabeza que le impedía respirar, etc... Según su denuncia, también fue golpeados por otros guardias civiles que no pudo identificar y que no fueron juzgados. GC - 104.- En mayo, el Gobierno indultó a los guardias civiles MANUEL BARROSO CABALLERO y JOSÉ DOMÍNGUEZ TUDA que habían sido condenados por haber torturado a JOAQUÍN OLANO en julio de 1983. Junto a estos guardias civiles fueron condenados por la Audiencia Provincial de San Sebastián, ratificada luego por el T. Supremo, los también guardias civiles MANUEL MACÍAS RAMOS , ENRIQUE DORADO VILLALOBOS y FELIPE BAYO LEAL . También fueron juzgados, pero absueltos, los agentes JOSÉ RANCAÑO FERNÁNDEZ y FIDEL DEL HOYO CEPEDA, que habían sido acusados por la acusación particular y la Asociación Contra la Tortura, que ejercía la acción popular, y que había solicitado penas de seis años de cárcel para cada uno de ellos. Joaquín Olano fue detenido el 29 de julio de 1983 por su presunta pertenencia a ETA (p-m) VII asamblea. Trasladado al Cuartel de El Antiguo en San Sebastián fue condenado por varios agentes de la Benemérita, entre ellos los condenados, que le aplicaron descargas eléctricas, le introdujeron la cabeza en un recipiente con agua hasta perder el conocimiento (método de tortura conocido como "la bañera"), etc... hasta que la música de un aparato de radio procedente del cuartel, cuyo alto volumen intentaba amortiguar los gritos del torturado, despertó a una ciudadana que vivía próxima al cuartel y que, al oír los gritos de dolor que procedían del mismo, lo puso en conocimiento del Juzgado de Guardia que envió al médico forense, este tras reconocer a Olano, emitió un informe en el que se recogían las lesiones que presentaba el detenido. El 21 de noviembre, cuanto la causa por la denuncia de Joaquín Olano se encontraba en plena instrucción y en plena campaña de los atentados reivindicados por los GAL, el vehículo y un establecimiento comercial propiedad de Joaquín Olano fueron destruidos por sendos artefactos explosivos. Días después, en presencia del juez y del fiscal del caso, mientras se procedía a un careo en el Juzgado entre Olano y varios de sus torturadores, Joaquín Olano fue amenazado por aquellos. GC - 105.- Durante el año 1995 se reactivaron las investigaciones sobre los autores y circunstancias del secuestro, torturas y asesinato de JOSÉ ANTONIO LASA y JOSÉ IGNACIO ZABALA, dos jóvenes vascos refugiados en Francia que desaparecieron en octubre de 1983 y cuyos cadáveres fueron identificados, finalmente, a primeros de año. Ya en 1996, fueron procesados por estos hechos el general de la Guardia Civil ENRIQUE RODRÍGUEZ GALINDO, el teniente PEDRO GÓMEZ NIETO, los ex agentes ENRIQUE DORADO VILLALOBOS y FELIPE BAYO LEAL, el ex Gobernador Civil de Guipúzcoa JULEN ELGORRIAGA, el ex Secretario de Estado para la Seguridad RAFAEL VERA y el abogado del Ministerio del Interior Jorge Argote. Investigaciones periodísticas, han relacionado con este caso a los guardias civiles JOSÉ ROMERO, "El Moro", que habría participado junto a Dorado y Leal en el secuestro de los dos jóvenes, y al capitán ÁNGEL VAQUERO que habría dirigido y supervisado "la operación", siempre bajo la dirección de Rodríguez Galindo. Sin embargo estos agentes no han sido formalmente inculpados en la causa abierta en la Audiencia Nacional. La Asociación Contra la Tortura ejerce la acusación popular en esta causa. Igualmente, existen documentos internos del CESID relativos al asesinato de Lasa y Zabala y en los que se contienen datos fundamentales para el total esclarecimiento de este caso. Estos documentos, algunos de los cuales han sido publicados por los medios de comunicación y varios obran por fotocopia unidos al sumario correspondiente, están clasificados como secretos. El Juzgado ha solicitado su desclasificación para unir lo originales a las actuaciones judiciales, pero el Gobierno (tanto del PSOE como del PP) han rechazado esta posibilidad aduciendo peligros para la seguridad del Estado. José Antonio Lasa y José Ignacio Zabala, fueron secuestrados en Bayona (Francia, en octubre de 1983, en la que fue la primera acción, no reivindicada de los GAL, por miembros de la Guardia Civil, entre los que se encontraban Enrique Dorado y Felipe Bayo, y trasladados al palacio de "Las Cumbres" en San Sebastián y propiedad del Ministerio del Interior y actual residencia del Gobernador Civil de Guipúzcoa. En esta residencia fueron torturados durante varios días para arrancarles información sobre otros refugiados vascos en Francia que, como MIGUEL GOIKOETXEA, serían asesinados posteriormente en atentados reivindicados por los GAL. Durante el tiempo en que estuvieron en la residencia de Las Cumbres fueron visitados, en varias ocasiones por el entonces coronel Enrique Rodríguez Galindo y el Gobernador Civil Julen Elgorriaga, que siempre acudieron encapuchados para no ser reconocidos. Ante el lamentable estado en que se encontraban los jóvenes Lasa y Zabala después de las sesiones de tortura sufridas, Galindo ordenó su traslado a la provincia de Alicante, donde serían asesinados. En fechas posteriores, fueron trasladados a la localidad de Busot (Alicante) por varios guardias civiles, entre ellos Enrique Dorado, Felipe Bayo y Pedro Gómez Nieto. Allí, en un descampado, fueron obligados a cavar una fosa y fueron asesinados de sendos disparos en la cabeza, tras arrojarles a la fosa fueron cubiertos con cincuenta kilos de cal viva para hacer desaparecer los restos. En 1984, una llamada anónima a un periódico alicantino reivindicó para los GAL el secuestro y asesinato de Lasa y Zabala, Esta llamada no mereció atención alguna por parte de los responsables del Ministerio del Interior. Un año después, en 1985, aparecieron los dos cadáveres, pero no fueron identificados hasta enero de 1995. GC - 106.- En noviembre, el Juzgado de Instrucción nº 1 de San Sebastián decide reabrir la causa por la muerte de MIKEL ZABALZA, ocurrida diez años antes, tras su paso por el cuartel de la Guardia Civil de Intxaurrondo. Un reciente informe del Instituto Nacional de Toxicología ha negado que este hubiera muerto ahogado en las aguas del río Bidasoa según pretendía la versión oficial. Investigaciones periodísticas han aportado pruebas de que Zabalza murió en el Cuartel de Intxaurrondo (San Sebastián) mientras varios guardias civiles, entre los que se encontraban ENRIQUE DORADO VILLALOBOS, que fue quien sumergía la cabeza del detenido en el agua, FELIPE BAYO LEAL, LUIS SANDOVAL CAMPOS y FRANCISCO JAVIER MILLÁN PÉREZ, le torturaban por el método conocido como "la bañera" . Tras la muerte de Zabalza, con el consentimiento del entonces máximo responsable del Cuartel, ENRIQUE RODRÍGUEZ GALINDO y de miembros de la cúpula del Ministerio del Interior, se prepararon y falsificaron pruebas para evitar la actuación de los tribunales. Estas se prepararon en un reunión efectuada en el mismo cuartel y en la que participaron, además de los ya citados y entre otros, los siguientes miembros de la Guardia Civil: FRANCISCO HERMIDA BOUZA, FABIÁN DORADO VILLALOBOS, FRANCISCO JAVIER OLIVAR, JOSÉ RANCAÑO FERNÁNDEZ, GONZALO PÉREZ GARCÍA, ARTURO ESPEJO VALERO, FERNANDO CASTAÑEDA VALS, ANÍBAL RODRÍGUEZ CHINEA, ALFONSO VICARÍA HEVIA, ALEJANDRO IGLESIAS BLANCO, FIDEL DEL HOYO CEPEDA, un cabo apellidado BALBAS y el abogado del ministerio del Interior JORGE ARGOTE. En esta reunión se acordó la versión oficial, según la cual, Mikel Zabalza fue trasladado por los tenientes de la Guardia Civil Arturo Espejo, Gonzalo Pérez y por el guardia Fernando Castañeda a las cercanías del río Bidasoa para localizar un "zulo" donde habría armas pertenecientes a ETA. En un momento dado, Mikel Zabalza, que llevaba las manos esposadas a la espalda y que no sabía nadar, agredió a los agentes y se arrojó al río Bidasoa, ahogándose en su intento de huir de los guardias civiles. Para hacer creíble esta versión, un guardia civil, que era ATS, EDUARDO GÓMEZ PASTRANA inyectó con una jeringuilla agua procedente del río Bidasoa en el pulmón de Zabalza. El cadáver de este permaneció varios días, y custodiado por agentes de la Benemérita, en una bañera del cuartel llena con agua del Bidasoa. veinte días después su cadáver fue arrojado al río donde fue "localizado" por miembros de la guardia Civil, en un lugar que había sido rastreado reiteradamente con anterioridad por miembros de la Cruz Roja. Actualmente sólo se encuentran inculpados los tres agentes que, según la versión oficial, acompañaron a Zabalza al río Bidasoa. La Asociación Contra la Tortura está personada en la causa abierta como acusación popular. Mikel Zabalza era conductor de autobuses urbanos de San Sebastián y fue detenido por agentes de la Guardia Civil por presunta colaboración con ETA. Junto a él fueron detenidas varias personas, entre ellas su novia IDOIA AJERDI, MANUEL VIZCAY y JON ARRETXE, todos ellos denunciaron haber sido torturados en el cuartel de Intxaurrondo, pero sus denuncias no prosperaron. Como en el caso de Lasa y Zabala, ya en 1985, el CESID (Centro Superior de Información de la defensa) conocía que Zabalza había sido asesinado en Intxaurrondo y así consta en un informe interno del CESID que, reclamado por el juzgado instructor, ha sido negada su incorporación a la causa judicial por el Gobierno, tanto por el Gobierno del PSOE de Felipe González como por el gobierno del Partido Popular, José María Aznar, alegando que dicho documento es secreto y su desclasificación podría en peligro la seguridad del Estado. GC - 107.- También, gracias a revelaciones de algunos medios de comunicación, la reapertura en 1995 de la investigación de la causa seguida por la muerte de LUCIA URIGOITIA, por disparos de agentes de la guardia civil en el verano de 1987, ha llevado a la inculpación en la misma, y como encubridores, del comandante de este cuerpo JOSÉ RAMÓN PINDADO MARTÍNEZ, los miembros del CESID, general EMILIO ALONSO MANGLANO, máximo responsable del espionaje español cuando ocurrieron los hechos, y del coronel del Ejército JUAN ANTONIO PEROTE, de RAFAEL VERA, ex secretario de Estado para la Seguridad, y del abogado JORGE ARGOTE, este último abogado habitual de agentes de la Guardia Civil acusados de tortura y asesinato. Tras la muerte, el 22 de julio de 1987, de Urigoitia por un disparo a bocajarro y en la nuca por parte de un agente de la Guardia Civil que procedía a la detención de varios miembros de ETA, agentes de este cuerpo penetraron en el domicilio del juez encargado de la instrucción y alteraron varias de las pruebas existentes: se cambió la bala disparada y que causó la muerte de Urigoitia y el cañón del arma con el que se efectuó el disparo, así consta en un informe del CESID firmado por José Ramón Pindado. Igualmente, poco después de practicar la autopsia al cadáver de Urigoitia, uno de los médicos forenses que participó en la misma denunció ante el juzgado de Guardia que personas desconocidas habían entrado en su clínica y efectuado un registro en busca de documentación. GC - 108.- En abril, la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Granada absolvía a dos mandos de la Guardia Civil: ANTONIO TOCÓN DIEZ y LUIS ORTEGA CARMONA, de los delitos de tortura y detención ilegal en la persona de FRANCISCO MORILLAS BERMÚDEZ el 10 de diciembre de 1989, por los que la acusación particular había solicitado penas de tres años de cárcel y tres de inhabilitación, mientras el fiscal solicitaba su absolución. Según su denuncia, Francisco Morillas fue detenido por agentes de la Guardia Civil cuando conducía su vehículo por el término municipal de Atarfe (Granada). Al registrar el vehículo, los agentes encontraron 360 cajetillas de tabaco, al parecer procedente del contrabando. Trasladado el detenido al cuartel de la Guardia Civil de Granada, fue introducido en el despacho del entonces capitán Antonio Tocón, que le golpeó por todo el cuerpo. Posteriormente, varios agentes, entre ellos el teniente Luis Ortega, condujeron a Francisco Morillas y en un vehículo policial a un garaje de su propiedad donde localizaron un nuevo alijo de tabaco. Durante el traslado Francisco Morillas fue nuevamente golpeado. Trasladado al hospital Francisco Morillas presentaba diversas lesiones y magulladuras. GC - 109.- En febrero, la Sala Segunda del Tribunal Supremo no admite a trámite el recurso de casación interpuesto por la acusación particular contra la sentencia de la Sección IIª de la Audiencia Provincial de Las Palmas de Gran Canaria por la que se absolvía a cinco agentes de la Guardia Civil (JOSÉ MONTERO PASCUAL, FRANCISCO VEGA REYES, MARIANO PEDRAJAS ORTEGA, JOSÉ GONZÁLEZ ROMERO y JUAN HERRERO SALAS) de las torturas infligidas a GUSTAVO CABALLERO SUÁREZ y ROBERTO GONZÁLEZ AGUIRRE en el cuartelillo de la localidad canaria de Agüimes el 11 de diciembre de 1989. Este día, dos después de que Gustavo Caballero hubiera logrado huir del cuartelillo de la Guardia Civil de Agüimes, fue nuevamente detenido junto a Roberto González por agentes de la Benemérita, acusando al segundo de haberle ayudado en su evasión. Tras esta nueva detención, ambos fueron trasladados a una dependencia aneja al cuartelillo donde fueron golpeados por los agentes. Cuando fueron puestos a disposición judicial, el médico forense apreció diversos traumatismos en los detenidos. Durante la vista oral, los guardias civiles acusados manifestaron que los detenidos fueron llevados al cuartel en perfecto estado físico y que en el forcejeo no se produjeron lesiones a los detenidos. Tras testigos manifestaron, también, que las lesiones que presentaban los detenidos les fueron causadas en el cuartelillo de la Guardia Civil, por ello, el fiscal solicitó que se impusiera a los agentes penas que sumaban más de veinte años de cárcel. Pese a todo ello, la sala absolvió a los acusados y, ahora, el T. Supremo, cierra el camino para una revisión de la sentencia. GC - 110.- Tras las declaraciones del ex Director General de la Guardia Civil, LUIS ROLDÁN, se procedió a la reapertura de la denuncia formulada, el 30 de enero de 1990 por el secuestro y torturas sufridas por JESÚS CELA SEOANE en La Coruña en el cual fue amenazado e interrogado por unos individuos que en ningún momento se identificaron. En sus declaraciones, Luis Roldán aseguró que en aquellas fechas recibió, a través de RAFAEL VERA, por entonces secretario de Estado para la Seguridad, un encargo de JOSÉ LUIS CORCUERA, entonces ministro del Interior, para formar un comando con agentes de la Guardia Civil para secuestrar a Jesús Cela, militante de los GRAPO recientemente puesto en libertad, e interrogarle sobre las intenciones de su organización en la huelga de hambre que por entonces llevaba a cabo más de cincuenta miembros de los Grapo. Luis Roldán formó dicho comando con agentes de la Benemérita que se trasladaron a La Coruña donde secuestraron e interrogaron, durante nueve horas, a Cela Seoane quien recibió numerosos golpes y amenazas. En esta causa, además de los responsables políticos ya señalados, figura como inculpado el Teniente de la Guardia Civil PEDRO GÓMEZ NIETO, ya encartado en otros procesos seguidos contra los GAL. La denuncia que correspondió inicialmente a los juzgados de La Coruña ha sido trasladada a la Audiencia Nacional. La A. C. T. se ha personado en la causa como acción popular. GC - 111.- En junio, el Comité Contra la Tortura de las Naciones Unidas rechazaba la queja de una hermana de HENRI PAROT, admitida a trámite un año antes, quien tras ser detenido en abril de 1990 en Sevilla por su pertenencia a ETA, denunció haber sido torturado reiteradamente por miembros de la Guardia Civil y por funcionarios de las prisiones en las que fue internado posteriormente. Anteriormente, en noviembre de 1991, el mismo comité había rechazado una petición previa alegando entonces que no se habían agotado todas las vías jurídicas previstas en la legislación española. Según algunas de las denuncias presentadas, Henri Parot fue torturado en las dependencias de la Guardia Civil de Sevilla tras ser detenido el 2 de abril de 1990 en la capital andaluza y, posteriormente, en las Dirección General de la Guardia Civil de Madrid, a donde fue trasladado, por su pertenencia al "comando itinerante" de ETA. Igualmente fue golpeado, el 17 del mismo mes de abril, por agentes de la Guardia Civil que custodiaban la cárcel de Carabanchel, en Madrid, en la que fue encarcelado. Nuevas agresiones sufrió a mediados de junio de 1990, cuando era trasladado desde la cárcel de Alcalá - Meco a la Audiencia Nacional. El 24 de octubre de 1992, cuando era trasladado desde la misma prisión a la cárcel de Almería. El 26 de junio de 1993, fue nuevamente golpeado, junto a MIKEL ASKASIBAR, JAVIER ARAMBURU, JULIÁN PÉREZ, ALFONSO CASTRO, JUAN BALERDI y SERGIO GARCÍA, cuando eran trasladados a la cárcel de Valdemoro (Madrid). En un primer momento, ante las denuncias presentadas, un representante de la embajada de Francia en Madrid, contestando a una petición formulada por la familia de Parot, aseguraba que "tras su detención, Henri Parot fue golpeado pero no torturado" y que "esto ocurre en todas las comisarías del mundo". Todas las denuncias formuladas han sido archivadas por los jueces sin investigación alguna. GC - 112.- En marzo, la Sección Tercera de la Audiencia Nacional, absolvía a GERMÁN RUBENACH del delito de homicidio consentido en la persona de SUSANA ARREGUI por el que había sido acusado por el fiscal en consonancia con la versión oficial del Ministerio del interior, tras los sucesos ocurridos el 25 de junio de 1990, cuando dos miembros de ETA, SUSANA ARREGUI MAIZTEGUI y JUAN MARÍA LIZARRALDE URETA resultaron muertos por heridas de bala, y Germán Rubenach sufrió gravísima heridas, en una operación de la Guardia Civil en el paraje conocido como Foz de Lumbier. La sentencia declara que no ha quedado acreditado "como se produjeron las heridas causantes de la muerte de dichas personas, ni las graves lesiones sufridas por el procesado Rubenach, causante de las grandes escuelas que le han quedado, ni que hubiera acuerdo entre ellos para suicidarse en el supuesto de ser rodeados por la fuerza Pública" El 25 de junio de 1990, tres miembros de ETA fueron localizados por agentes de la Guardia Civil en el paraje de la Foz de Lumbier (Navarra). Tras el cerco policial, en el cual fueron desalojadas todas las personas que se encontraban en el lugar quedando únicamente los agentes de la Benemérita, aparecieron muertos, por heridas de bala en la cabeza, Susana Arregui y Juan Mª Lizarralde. Germán Rubenach salvó la vida a pesar de recibir un disparo en la cabeza. (Poco antes se había producido un enfrentamiento con una patrulla de la guardia Civil en el que resultó muerto el sargento de la Guardia Civil José Luis Hervás Mañas y otro agente resultaba herido. Según la versión oficial, al verse rodeados, los tres miembros de ETA acordaron suicidarse y Germán Rubenach disparó contra Susana Arregui y posteriormente se disparó asimismo fallando el tiro. Jesús María Lizarralde, cuyo cuerpo apareció con medio cuerpo sumergido en el río, se habría suicidado disparándose otro tiro. Pese a esta versión, un primer informe del Instituto Nacional de Toxicología de Madrid concluía que, en relación a Lizarralde "los resultados obtenidos en los análisis son compatibles con una muerte por sumersión" lo que cuestionaba la citada versión de la Guardia Civil. Días después, este informe era "aclarado" por otro en el que se dabas otros resultados, estos si, compatibles con la versión oficial. Igualmente, los agentes no pudieron localizar restos de sangre de Arregui y Lizarralde en el lugar donde aparecieron sus cuerpos, por lo que se plantearon dudas sobre si los cadáveres de ambos fueron desplazados una vez muertos. La instrucción de la causa sufrió numerosas incidencias y anomalías. GC - 113.- En diciembre, cinco años después de la agresión y tras haber sido suspendido anteriormente en tres ocasiones, se celebró en la Audiencia Provincial de Pamplona el juicio contra los guardias civiles JOSÉ MARÍA SUÁREZ GORDÓN y ANTONIO GARCÍA PIZARRO acusados de haber amenazado y agredido a ÓSCAR LÓPEZ en la localidad de Tafalla en la nochebuena de 1990, la acusación particular solicitó dos meses de prisión para cada agente, por el delito de amenazas, y cuatro años de cárcel para José María Suárez por un delito de lesiones. El Fiscal, por su parte, solicitó un mes y un día de arresto para cada agente al tiempo que solicitaba la misma condena para Óscar López y dos amigos suyos por un delito de desataco. Esta Asociación no ha tenido conocimiento de la sentencia dictada. Los hechos se remontan a la madrugada del día 25 de diciembre de 1990, cuando los dos guardias civiles, de paisano y fuera de servicio, protagonizaron diversos incidentes en un bar de la localidad navarra de Tafalla, después de que un joven introdujera unas monedas en un "bote" de las Gestoras Pro Amnistía y a favor de los presos vascos. Durante el incidente, los agentes llegaron a esgrimir sus armas reglamentarias durante una discusión con varios clientes del establecimiento y el agente José María Suárez golpeó en la cabeza a Óscar López causándole lesiones de las que tuvo que ser asistido en el centro de Salud de la localidad. Tras esta agresión se produjo una manifestación, de protesta contra la actuación de los guardias civiles, que fue reprimida por varias unidades policiales que practicaron varios detenidos, entre ellos los juzgados ahora por desacato. GC - 114.- La Audiencia Provincial de Bilbao condenaba, en mayo, a dos agentes de la Guardia Civil (JUAN CARLOS A. M. y JUAN FRANCISCO M. C.) a las penas de ocho meses de prisión menor como autores de un delito de detención ilegal y diez días de arresto menor por una falta de lesiones en la persona de un joven (AITOR A. A.) al que lesionaron el 16 de agosto de 1991, durante las fiestas de la localidad vizcaína de Gernika. La misma sentencia absolvía a los agentes de los delitos de privación de derechos cívicos y amenazas por los que también fueron acusados. El 16 de agosto, durante las fiestas patronales de la localidad de Gernika, Aitor A. A. se encontraba cantando canciones típicas cuando fue detenido por los agentes que le trasladaron a un inmueble en obras donde le pidieron la documentación, le bajaron los pantalones y le golpearon. posteriormente fue llevado a la caseta de la Guardia Civil de la fábrica de Armas Astra y, poco después, fue puesto en libertad. Los guardias civiles alegaron en su defensa que el detenido había proferido gritos en contra de la Guardia Civil y a favor de ETA, lo que fue rechazado por el Tribunal. GC - 115.- Los agentes de la Guardia Civil MANUEL SÁNCHEZ INFANTE y JOSÉ LUIS CÁMARA BERGARA, así como tres agentes de la Policía local de Ibiza (José Manuel Blanco Lorenzo, Luis Antonio Rodríguez Sánchez y Juan Cárdenas Melero), fueron condenados por la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Palma de Mallorca a penas que oscilaban entre los diez días y un mes de arresto, como autores de dos faltas de lesiones en las personas de los ciudadanos de origen palestino MOHAMED M. AMER HEGAZY y EMAD RAED SHIBILI el 7 de septiembre de 1991. La misma sentencia absolvía a los agentes del delito de torturas por el que habían sido acusados. Durante la vista oral, José Luis Cámara declaró que el otro guardia civil, Manuel Sánchez, había golpeado con su porra y durante quince minutos a uno de los detenidos, "hasta que se calmó". El 7 de septiembre, Hegazy y Shibili llegaron a Ibiza para pasar sus vacaciones, ese mismo día fueron detenidos por agentes de la Guardia Civil que los trasladaron al cuartel de la policía local de San Antonio donde fueron objeto de una brutal paliza que dejó marcas en la totalidad de sus cuerpos. Una vez puestos en libertad formularon una denuncia contra los agentes que fue archivada por el juzgado sin investigación alguna al tiempo que seguía adelante la denuncia formulada contra ellos por la Benemérita. La publicación de un cartel por Amnistía Internacional sobre las actitudes racistas en las policías europeas, en el que podía verse la fotografía del cuerpo apaleado y amoratado de Mohamed M. A. Hegazy junto al texto "A la policía española no le gustó el color de su piel... por eso se lo cambiaron" hizo que la fiscalía retomase la causa contra los agentes, ahora condenados sólo por una falta de lesiones. GC - 116.- Penas de entre tres y cuatro años de prisión, solicita la acusación particular contra seis agentes de la Guardia Civil como autores de las torturas sufridas por KEPA URRA a finales de enero de 1992. El Fiscal, por su parte, solicita la absolución de los agentes al entender que las lesiones que presentaba Urra eran consecuencia de la resistencia que ofreció en el momento de su detención. Kepa Urra fue detenido el 29 de enero de 1992, por su presunta militancia en el comando Vizcaya de ETA, y conducido al cuartel de la Guardia Civil de La Salve, en Bilbao. Este mismo día, Urra tuvo que ser ingresado en el hospital bilbaíno de Basurto donde le fueron apreciados diversos hematomas en los párpados, muñecas, dorso de ambas manos, piernas (desde la rodilla al tobillo) etc. como consecuencia de las torturas a las que había sido sometido (golpes por todo el cuerpo, bolsa de plástico en la cabeza hasta producir asfixia, arrastres por el suelo... Lesiones todas ellas recogidas en el informe médico emitido a su ingreso en el hospital. Cuando Urra se encontraba en la habitación que le habían asignado en el hospital, recibió la "visita" de los que luego fueron identificados como un teniente y un número de la benemérita, los cuales procedieron a interrogarle mientras le golpeaban de nuevo. Una enfermera oyó los gritos proferidos por Urra avisando al médico de guardia, que acudió a la habitación y quien encontró a los agentes en la habitación y al detenido sangrando por la boca. tras un nuevo reconocimiento se apreciaron nuevas lesiones que no constaban en el primer parte emitido. este informe fue remitido ese mismo día al juzgado de Guardia. GC - 117.- En la misma operación policial en la que fue detenido kepa Urra, fueron detenidos en Vizcaya más de 25 personas, entre el 29 de enero y el 6 de febrero de 1992, todas ellas acusadas de pertenencia o colaboración con banda armada. Muchas de ellas denunciaron haber sido torturadas en el cuartel de la Salve (Bilbao) en la Dirección General de la Guardia Civil de Madrid. Entre estos se encontraban JUAN RAMÓN ROJO , JAVIER ARRIAGA, FRANCISCO PALACIOS, estas personas, pese a que sus denuncias fueron interpuestas en febrero del mismo año 1992, no fueron llamadas a declarar hasta mediados de 1995, a finales de este año, el juzgado de Instrucción nº 6 de Bilbao imputaba formalmente como autores de las torturas sufridas por estos a ocho agentes de la Guardia Civil: ARTURO PRIETO BOZEC, DANIEL SIMÓN SANTAMARÍA, JUAN JOSÉ VILCHEZ FERNÁNDEZ, JOSÉ MANUEL SILVA SÁNCHEZ, PEDRO VASCÓN GUERRERO, JOSÉ MARÍA FERNÁNDEZ LUCIO, JOSÉ JOAQUÍN FERNÁNDEZ MAIRAL y JOSÉ LUIS PÁRAMO DÍAZ. El auto del Juzgado indicaba que el Centro Penitenciario Madrid-2 remitió varios informes médicos en los que se apreciaban lesiones traumáticas en los tres detenidos en el momento de su ingreso en prisión por orden de la audiencia Nacional, e indica que de las diligencias practicadas se desprende que Juan Ramón Rojo, Javier Arriaga y Francisco Palacios fueron detenidos por la Benemérita y trasladados a las dependencias de este cuerpo en Bilbao y Madrid, así como que "durante la permanencia de los tres detenidos en las dependencias de la Guardia Civil y durante los traslados fueron objeto de malos tratos por los agentes policiales con la finalidad de obtener una confesión". Como resultado del trato recibido, los detenidos sufrieron "hemorragias, erosiones, esquimosis, hematomas, astralgias, cervicalgias, fracturas de costillas, escoriaciones, tumoraciones y cefalea". GC - 118.- Otras personas detenidas en aquella operación policial fueron JUANTXO TOBALINA y AITOR OLABARRIA, al igual que en el caso anterior no fueron llamados a declarar ante los Juzgados hasta agosto de 1995. Igualmente ratificaron haber sido torturados. Otras denuncias que se encuentran en trámite ante distintos juzgados son las presentadas por JOSU EGUSKIZA, ENCARNACIÓN BLANCO ABAD y PAULA GARCÍA RODRÍGUEZ, también detenidas en la misma operación policial. Además de los relacionados, fueron detenidos y denunciaron haber sido torturados PEDRO LUIS CAZIGAL BECERRIL, IGNACIO BEREZIARTUA, JOSÉ MARÍA ARAZAMANDI, JON ARRIAGA GOIRIZELAIA, ITZIAR AMEZAGA, IMANOL ELORRIAGA, JAVIER GOROSTIZA, ÁNGELES LARREA, ALBERTO PAÚL LARREA, IGNACIO ZUGADI, JOSUNE ONAINDIA, JOSEBA BRINGAS PÉREZ, JOSÉ FÉLIX MARÍA, JOSÉ MARÍA AZPITARTE AIZPURUA, ROSA MARÍA ARANA TXAKARTEGUI, BEGOÑA EZKERRA, PEDRO MARÍA MONZO GOIKOLEA, RAMÓN ALAÑA, ANATXO MORANTE, JORGE MACARRÓN FUENTES, LAGUNDU SÁNCHEZ, MANUEL ALDEA DOMÍNGUEZ, ANA IRIARTE SANTACOLOMA, JASONE FUENTES REIZABAL, JOSU PRATS GARCÍA, DIONE UGALDE, JOSÉ ANTONIO DEL CERRO, IGNACIO URIARTE ZABALA y FRANCISCO ZABALA ETXEGARAI. También fue detenida y denunció haber sufrido un trato vejatorio durante su detención ITXASO SEVILLANO. Entre los métodos de tortura denunciados figuraban golpes por todo el cuerpo, especialmente en los órganos genitales, las descargas eléctricas, simulacros de fusilamientos, bolsas de plástico en la cabeza que impedían la respiración y provocaban la asfixia, amenazas de violación a las mujeres detenidas, obligación a masturbarse a los detenidos ante los agentes, etc... De todos los detenidos, sólo once fueron juzgadas por la Audiencia Nacional en noviembre - diciembre de 1995: Jon Tobalina, Paula García, Javier Arriaga, Josu Eguskiza, Encarnación Blanco, Aitor Olabarría, Francisco Palacios, Francisco Zabala, Kepa Urra, Juan Ramón Rojo y Javier Martínez Izaguirre. La sentencia dictada por la Sección Segunda del Tribunal anuló las declaraciones de todos ellas prestadas ante la Guardia Civil por una "posible existencia de torturas" en el momento de la detención en base a que "existen abundantes manifestaciones, todas ellas detalladas, efectuadas no sólo por los procesados, sino también por parte de los testigos propuestos", pero basándose en las declaraciones de los mismas ante el juzgado, les condena a penas de entre 7 y 20 años de cárcel por pertenencia o colaboración con banda armada. GC - 119.- En enero, la Sala Segunda del Tribunal Supremo ratificó la pena de un año de prisión, impuesta por la audiencia Provincial de Mallorca, al sargento de la Guardia Civil BARTOLOMÉ DEL AMOR LUDEÑA como autor de las lesiones sufridas por ANTONIO COPETE GONZÁLEZ tras ser detenido el 28 de mayo de 1992 cuando formaba parte de un piquete de trabajadores durante la huelga general celebrada ese día. Bartolomé Del Amor no llegó a cumplir la pena al serle concedido el beneficio de la suspensión condicional de la pena. El día de la huelga general, Antonio Copete formaba parte de un piquete informativo como responsables del sindicato de hostelería de UGT en la zona de Calviá (Mallorca), Cuando se encontraban ante las puertas de un supermercado intervino la Guardia Civil, a cuyo mando se encontraba el sargento ahora condenado y que ordenó cargar contra los sindicalistas y detener a Antonio Copete, que fue conducido al cuartel de Palmanova donde fue golpeado por Bartolomé del Amor en brazos, cuello y oídos, lo que le produjo una perforación de tímpano. Al día siguientes fue puesto a disposición judicial bajo la acusación de resistencia a la autoridad. GC - 120.- La Audiencia Provincial de Pamplona decretó, a primeros de año, el archivo de las denuncias por torturas formuladas por SANTIAGO DÍEZ URIARTE y JAVIER GOLDARAZ tras ser detenidos, en junio de 1992, por miembros de la Guardia Civil. El tribunal estimó que las lesiones que presentaban los detenidos no fueron debidas a torturas sino "causadas con motivo de la detención, calificada en el atestado como producida con gran violencia". Tras ser detenidos el 19 de junio de 1992, por presunta pertenencia a banda armada , y permanecer en el cuartel de la Guardia Civil de Pamplona, Santiago Díez y Javier Goldaraz fueron ingresados en el Hospital de Navarra, al que fueron trasladados en ambulancia, y desde aquí, tras ser reconocidos por el médico forense del Juzgado de Guardia, que apreció lesiones en la cabeza, tronco y extremidades de ambos detenidos, se ordenó su traslado al Hospital Gregorio Marañón de Madrid, donde quedaron a disposición de la Audiencia Nacional. GC - 121.- En julio, la Sección Primera de la Audiencia Nacional dictó sentencia por la que condenaba a 18 personas por pertenencia a Terra Lliure y en la que se indica que no haber tenido en cuenta las declaraciones efectuadas ante la Guardia Civil, en el verano de 1992, por las denuncias de tortura efectuadas en su día y ratificadas en las sesiones del juicio oral al tiempo que "sin entrar en la veracidad o verosimilitud de las mismas" acordaba remitir testimonios de las denuncias a los juzgados competentes para su esclarecimiento. Entre el 29 de junio y el 9 de julio de 1992, en una operación policial que pretendía garantizar la seguridad de los Juegos Olímpicos de Barcelona, que comenzarían unos días después, más de treinta personas fueron detenidas por miembros de la Guardia Civil entre miembros de los grupos independentistas catalanes y acusadas de pertenecer a banda armada. Diecinueve de las personas detenidas denunciaron haber sido torturados en las dependencias de la Guardia Civil de Barcelona y en la Dirección General de la Guardia Civil de Madrid. Todas estas denuncias fueron archivadas por los Juzgados que las investigaban a pesar de los informes médicos que recogían las lesiones sufridas por los detenidos. Entre estos se encontraban JOSEP BOU, MARCEL DALMAU, JAVIER ROS, JAVIER PUIGDEMONT, JAUME OLIVERAS, VICENTE CONCA, CARLES BUENAVENTURA, ORIOL MALLÓ, EDUARDO LÓPEZ, RAMÓN LÓPEZ I IGLESIAS, XABIER ALEMANI, ESTEVE COMELLAS GRAU, RAMÓN PIQUÉ HUERTAS, JOSÉ MARÍA GRANJA VILALTA y FRANCESC XAVIER TOLOSANA ARRIAGA. GC - 122.- En abril, la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Palma de Mallorca absolvía a los guardias civiles JUAN ÁLVAREZ VIDAL, LORENZO MARTÍNEZ PACHO y ALFONSO HACHUEL FERNÁNDEZ de los delitos de detención ilegal y lesiones, ocurridos el 10 de agosto de 1992 y por los que habían sido acusados por los también guardias civiles, francos de servicio, JUAN CID ASTRUGA y MANUEL PIÑÓN CERDÁN, que solicitaban penas de un año de prisión y multa para cada acusado. El Fiscal solicitó durante el juicio oral la absolución de los acusados. Ese día, tras un incidente verbal entre los denunciantes, que viajaban en un vehículo particular, y los guardias civiles de servicio Juan Álvarez y Lorenzo Martínez, estos emprendieron su persecución en un vehículo oficial. Al darles alcance volvió a repetirse el incidente repitiéndose los insultos, lo que fue observado por el guardia civil Alfonso Hachuel que se encontraba de servicio en una factoría de Campsa cercana. Al negarse los primeros a identificarse, fueron detenidos y esposados conducidos al cercano cuartel de Porto Pi. Una vez allí, los detenidos se identificaron como agentes y denunciaron haber sido objeto de malos tratos, que la sentencia descarta y estima que las lesiones que sufrían los detenidos eran producto de autolesiones y a la actuación de los agentes de servicio para evitarlas. GC - 123.- En sentencia dictada por la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Zaragoza en julio, se da por probada la participación de varios agentes de la Guardia Civil en las lesiones sufridas por JOSEBA KOLDOBIKA ARRESE el 12 de septiembre de 1992. La misma sentencia indica que estos agentes no han sido identificados. El 12 de septiembre de 1992, se produjo en la prisión de Daroca (Zaragoza) un incidente en el que participaron varios presos . Ese días el funcionario de prisiones Gonzalo Luis Fontela que, se encontraba dado de baja por enfermedad, oyó la noticia por la radio y se personó en la cárcel para colaborar en las tareas de represión. Después de que una de las Unidades especiales de la Guardia Civil redujera a los amotinados, los funcionarios de la prisión hicieron salir a todos los presos de sus celdas. Hubieran o no participado en el incidente. Al llegar a la celda donde se encontraba Joseba Koldobika, Gonzalo L. Fontela instó a los guardias civiles que le acompañaban para que agredieran a este preso por "etarra", entonces se produjo una primera agresión. Posteriormente el mismo funcionario de prisiones volvería a agredir a Joseba Koldobika, GC - 124.- En mayo de 1995, el Juzgado de instrucción nº 17 de Madrid acordaba el archivo de la causa seguida por torturas a LAUREANO ORTEGA y ELVIRA DIÉGUEZ en diciembre de 1992 al entender que el trato que ambos recibieron en la Dirección General de la guardia Civil de Madrid no fue constitutivo de delito alguno y, al mismo tiempo, acordaba deducir testimonio para remitirlo a los Juzgados de Santander, lugar donde se produjo la detención, al entender el Juzgado, en contra de los propios informes de los médicos forenses de la Audiencia Nacional, que las lesiones que presentaban los detenidos a su ingreso en los calabozos de la Dirección General de la Guardia Civil de Madrid habían tenido lugar antes de su llegada a dichas dependencias. Tanto la acusación particular como la Asociación Contra la Tortura, que se personó en la causa como acción popular, recurrieron esta resolución que fue confirmada por la Sección XVI de la Audiencia Provincial de Madrid en septiembre. Laureano Ortega y Elvira Diéguez fueron detenidos en la tarde del 5 de diciembre de 1992 en Santander por su pertenencia a los GRAPO, después de mantener un enfrentamiento con agentes de la Guardia Civil. En la mañana del día 6 de diciembre fueron trasladados a la Dirección General de la Guardia Civil en Madrid. Al ser puestos a disposición de la Audiencia Nacional, ambos denunciaron haber sufrido torturas (golpes, descargas eléctricas, asfixia con una bolsa de plástico colocada en sus cabezas, etc... todo ello mientras estaban encapuchados para que no pudieran reconocer a los torturadores). Las lesiones sufridas por ambos fueron acreditadas por los informes del médico forense y el Juzgado Central de Instrucción ordenó deducir testimonio de las denuncias para investigar las torturas sufridas. Durante la instrucción prestaron declaración ante el Juzgado de Instrucción nº 17 de Madrid, en calidad de inculpados, varios agentes de la Guardia Civil, entre ellos aquellos con número profesional 7.209.170 y 13.673.644. GC - 125.- La Audiencia de Huelva condenó a dos guardias civiles SATURNINO LÓPEZ MELLADO, cabo primero, y JUAN PAVÓN PINTO, y a dos agentes de la policía municipal de la localidad onubense de Hinojos, Nicolás Cabello Marqués y Andrés Larios Moreno, a pena de seis meses y un día de prisión y diez días de arresto como autores de un delito y una falta de lesiones en las personas de JOJO D. y BOLOUMI T. el 7 de febrero de 1993. El Tribunal rebajó la pena solicitada por el fiscal y la acusación particular que habían solicitado penas de 4 años seis meses y un día de prisión y un arresto de 30 días por las mismas infracciones. Igualmente el tribunal absolvió a los acusados del delito de detención ilegal del que venían acusados así como también absolvió a los dos agentes municipales de otro delito de falsedad en documento oficial. Según el fallo de la Audiencia, el 7 de febrero de 1993, los ciudadanos argelinos Jojo D. y Moloumi T. llegaron a Hinojos para trabajar en la temporada de recogida de la fresa. tras protagonizar varios incidentes, al estar borrachos fueron detenidos por los policías municipales ahora condenados, quienes los trasladaron al cuartel de la Guardia Civil de la localidad y fueron golpeados con manos, patadas y porras. El Tribunal condena a los cuatro agentes como "coautores en comisión por omisión necesaria ... ya que ninguno impidió la agresión de sus compañeros y, además de golpear, más bien parece que se concertaron para propinarles una paliza" . GC - 126.- La Audiencia Provincial de Zaragoza ha confirmado la condena impuesta a tres miembros de la Benemérita, DIEGO ERNESTO ARTAL MARTÍNEZ, CARLOS PAMPLONA FONDEVILLA y JUAN RAMÓN JIMÉNEZ SAMPER, por el Juzgado Penal nº 5 de Zaragoza de ocho meses de arresto como autores de las lesiones sufridas por ANTONIO SUAREZ, concejal del Partido Popular de Zaragoza, RICARDO MORENO DUARTE, secretario general de la Federación de Empresarios del Metal de la misma ciudad, y una mujer que los acompañaba, en la madrugada del 17 de abril de 1993. Este día, Antonio Suárez y sus acompañantes fueron agredidos por cuatro personas de paisano, tres de las cuales se identificaron como agentes de la guardia civil, tras una discusión a la salida de una cervecería. Durante el juicio oral el fiscal calificó los hechos como constitutivos de dos faltas de lesiones y solo consideró autores de las mismas a dos de los acusados. GC - 127.- La Audiencia Provincial de Pamplona, por tercera vez, ordenó al Juzgado de Instrucción nº 2 de la capital navarra la reapertura y prosecución de la investigación de la agresión sufrida por PATXI BARANDALLA el 27 de mayo de 1993. Entre otras diligencias a practicar, emplaza a la Comandancia e la Guardia Civil de Pamplona para que revele la identidad o número de los agentes que acompañaron a Barandalla desde la localidad de Etxarri-Aranatz, en que fue detenido, hasta la de Altsasua, traslado en el que fue agredido según su denuncia. La decisión de archivar la denuncia, ahora revocada por la Audiencia, fue tomada por el Juzgado tras haber practicada una única diligencia de investigación: la declaración del jefe de la Unidad de la Guardia Civil que detuvo y trasladó a Barandalla, FRANCISCO JAVIER MOSCOSO, quién se limitó a negar los hechos denunciados. Patxi Barandalla denuncio haber sido golpeado por miembros de la Guardia Civil cuando era trasladado detenido al cuartel de este cuerpo en Altsasua después de ser detenido por su participación, el 16 de mayo de 1993, en unas movilizaciones populares en la localidad navarra de Etxarri-Aranatz. Un informe del médico, emitido en la madrugada del día 17, apreciaba un hematoma en la espalda de Barandalla de 30 x 8 centímetros. Igualmente se le tomaron diversas fotos donde se apreciaban la existencia de numerosos golpes en otras zonas (tobillos, etc...) Patxi Barandalla fue denunciado por un delito de resistencia a los agentes de la autoridad. Esta denuncia, contrariamente a la anterior, sí fue aceptada por el mismo Juzgado de Instrucción nº 2 de Pamplona que, en abril de 1994, condenaba a Patxi Barandalla a la pena de dos meses de arresto y multa por un delito de resistencia a la autoridad. Esta sentencia se basa en el testimonio de los dos agentes que practicaron la detención de Barandalla, rechaza todos los demás testimonios pues afirma "no existen razones especiales para dudar de la versión de los dos agentes" GC - 128.- El 17 de octubre el Tribunal Supremo daba carpetazo final a la investigación sobre las causas de la muerte de GURUTZE YANCI IGARATEGI en las dependencias de la Guardia Civil de la localidad de Tres Cantos (Madrid) en la madrugada del 24 de septiembre de 1993, al rechazar la admisión a trámite del recurso de casación formulado por las acusaciones particular y popular contra el auto de archivo de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Madrid que estimó que la causa del fallecimiento fue natural. Gurutze Yanci fue detenida en su domicilio de Urnieta (Guipúzcoa) en la madrugada del 23 de septiembre y trasladada inmediatamente a las dependencias de la Guardia Civil de Tres Cantos. Estando ya en estas, Gurutze Yanci se sintió mal y comunicó a las guardias civiles que la custodiaban que tenía un dolor agudo en el esternón. Los agentes se ponen en contacto con la médico forense de la Audiencia Nacional, Tribunal a cuya disposición se encontraba detenida, Dra. Leonor Ladrón de Guevara quien, tras hablar telefónicamente con Yanci, indicó a los guardias civiles que le suministrasen una pastilla de Mucorex. Una hora después, siempre según la versión oficial, Gurutze Yanci vuelve a llamar al timbre que tiene en la celda. El guardia civil que acude a la misma y observa como Yanci emite unos sonidos guturales y se desvanece. Poco después es trasladada al centro de Salud de Colmenar Viejo y refieren al personal médico que ha sufrido un ataque epiléptico. La doctora que se encuentra de guardia, sólo puede certificar la muerte de Yanci. Según esta versión, la causa de la muerte fue una trombosis de arteria descendente anterior que provocó una fibrilación ventricular. Sin embargo, según el informe del Dr. Jorgen L. Thompson - especialista en medicina forense de Dinamarca y que fue llamado por la familia de Yanci para estar presente en la autopsia que se le practicó, la muerte pudo producirse por una parada cardiaca como consecuencia de una crisis epiléptica que, a su vez, pudo ser desencadenada por una situación de terror. Igualmente este especialista puso de manifiesto varias irregularidades en la autopsia practicada, entre ellas, indicó que el examen del corazón de Yanci debió realizarse en el mismo momento de la autopsia y no con posterioridad, al día siguiente, como ocurrió, lo que provocó que ni el Dr. Thompson ni el otro especialista llamado por la familia de Yanci pudieran estar presentes en el examen del corazón. Del informe de este doctor, se desprende igualmente que en el cadáver de Yanci se apreciaban varios hematomas recientes y de origen traumático, y que no se correspondían a signos de un ataque epiléptico ni a maniobras de reanimación, por lo que opinaba, sin afirmarlo con rotundidad, que podían ser el resultado de la violencia ejercida por terceras personas sobre Yanci. También señalaba que no se podía descartar que hubiere sido esta violencia la que hubiere provocado el ataque epiléptico. Los miembros de la Guardia Civil que detuvieron a Gurutze Yanci en su domicilio fueron los agentes nº 107.748, 110.200, 34.838.960 y 76.514.996 Los agentes que se encontraban de servicio en la Comandancia de Tres Cantos mientras Gurutze Yanci estuvo allí detenida fueron los números 93.625, 3.464.368, 7.229.458, 8.795.774, 8.858.428, 9.333.531, 9.352.900, 10.572.495, 25.099.526, 26.028.252, 28.494.897, 45.282.388 y 50.718.838. GC - 129.- Por otra parte, varias de las personas detenidas en la misma operación policial de Gurutze Yanci y que permanecieron, al igual que ella, detenidas en las dependencias de Tres Cantos, manifestaron haber sido torturadas ellas mismas y haber oído los gritos de otros de los detenidos . Durante la vista del juicio seguido contra estas personas, la médico Forense LEONOR LADRÓN DE GUEVARA certificó ante el Tribunal las marcas y hematomas que presentaban la mayoría de los detenidos durante sus estancia en el acuartelamiento de Tres Cantos (Madrid) y, en algún caso, manifestó que estas marcas eran consecuencia de "fuerzas extremas de origen traumático". La sentencia dictada poco después y por la que se condenaba a siete de los detenidos a penas de seis años de cárcel, hacía constar que, en relación a los malos tratos denunciados no era ese el momento de tenerlos por acreditados y que había contradicciones con algunos de los partes de la médico forense. Entre las personas detenidas por colaboración con banda armada a finales de septiembre de 1993 y que denunciaron haber sido torturadas se encuentran: ISMAEL BERASTEGUI, ANDER FELIPE BERASTAÍN BERNEDO, MARÍA JOSÉ LIZARRIBAR URRILLUN, KARMELE URBISTONDO ARAMBURU, RAMÓN URDANGARIN IRIONDO, IZASKUN MURUA GENBELTZU, JOSÉ JULIÁN IRASTORZA GOITIA, RAMÓN BERIGISTAÍN ARANZASTI, JAVIER MARTÍNEZ, MIGUEL ITURBE ITURZAETA, BEGOÑA ARRONDO IRUIN, FRANCISCO BORJA IRIZA BELANDIA, MANUEL AROZENA y MAITE ELIZEGI MITXELENA. Todos ellos denunciaron haber sido objeto de torturas en la Comandancia de la Guardia Civil de El Antiguo en San Sebastián y durante su detención en la Comandancia de Tres Cantos. Entre los métodos de tortura denunciados estaban golpes por todo el cuerpo, la "bolsa", la "bañera", descargas eléctricas, hacer flexiones y permanecer largo tiempo en posiciones forzadas. Etc. En el caso de las mujeres se denunciaron igualmente vejaciones sexuales. GC - 130.- La sección Tercera de la Audiencia Provincial de San Sebastián confirmaba el auto por el que el Juzgado de Instrucción nº 5 de San Sebastián archivaba la causa seguida tras la denuncia por las torturas sufridas por JOSÉ LASARTE GARMENDIA, en las dependencias de la Guardia Civil de San Sebastián y Madrid, tras ser detenido el 27 de octubre de 1993 en la localidad de Hernani (Guipúzcoa) acusado de pertenencia a banda armada. Los argumentos de los Tribunales para el archivo son, una vez más, los informes de los médicos forenses de la Audiencia Nacional que, en este caso en concreto, informaban que Lasarte simulaba haber sufrido malos tratos. Simulación que era desmentida por los informes emitidos por el Hospital de Aranzazu días después a la puesta en libertad de Lasarte y las fotografías en las que se observan las marcas de los golpes recibidos. GC - 131.- El 16 de octubre, el Juzgado de Instrucción nº 3 de Coslada decreta la libertad, previo pago de una fianza de trescientas mil pesetas, para los guardias civiles MANUEL RAMÓN ORTEGA GARCÍA, ANDRÉS FERNÁNDEZ ALMODOVAR y ANTONIO DOMÍNGUEZ SÁNCHEZ, mientras mantiene la situación de libertad provisional para el también guardia civil LUIS LARA ORTIZ, imputados en la causa seguida por las torturas a ANTONIO EMILIO AVILÉS VALDUEZA el 21 de octubre de 1993 en el cuartel de la localidad madrileña de Mejorada del Campo. Esta situación fue revocada días después por el juzgado a instancias del Fiscal y el Abogado del Estado, manteniéndose la inculpación de los cuatros agentes que quedaron en situación de libertad provisional En la noche del 22 de octubre, dos agentes de la Guardia Civil acudieron a la nave propiedad de Antonio Avilés en Mejorada del Campo por una presunta infracción de tráfico. Al negar Antonio Avilés la acusación, los agentes, tras insultarle le detuvieron poniéndole las esposas a la espalda y le trasladaron al cuartel de la Guardia Civil, donde fue golpeado por, al menos, cinco guardias civiles que le propinaron golpes, patadas, etc.. por todo el cuerpo. A primeros de año, por estos mismos hechos, la Asociación Contra la Tortura presentó querella criminal contra todos y cada uno de los agentes destinados en la Guardia Civil de Mejorada del Campo. Además de los agentes indicados han declarado como inculpados cinco guardias civiles, entre ellos el teniente MANUEL MARTÍN VELASCO y el guardia civil JUAN CÁCERES ALCÓN. Todos ellos negaron los hechos aunque si reconocieron estar en el cuartel cuando Antonio Avilés estuvo en él detenido. Por su parte, Manuel Martín manifestó que Antonio Avilés sólo había sufrido una pequeña lesión en el labio, producida al subir al vehículo todo terreno en el que fue trasladado al cuartel en calidad de detenido. Sin embargo, según los informes médicos aportados junto a la querella de la ACT, Antonio Avilés presentaba numerosas e importantes lesiones que fueron certificadas por varios médicos a los que acudió al ser puesto en libertad. GC - 132.- El Juzgado de Instrucción nº 2 de Ponferrada, (León) acordó la continuación de la causa seguida por detención ilegal y vejaciones contra el capitán de la Guardia Civil JOSÉ GUILLERMO LÓPEZ denunciado por TITO MARTÍNEZ, responsable de la asociación ecologista Aedenat de la comarca leonesa del Bierzo. Durante el mes de diciembre de 1993 se produjeron movilizaciones contra una explotación minera a cielo abierto en la localidad de Tremor de Arriba (León), en una de ellas unas 30 personas intentaban paralizar las labores de extracción, entre ellas se encontraba Tito Martínez. Poco después se presentaron agentes de la Guardia Civil a cuyo mando se encontraba el inculpado que, dirigiéndose a Tito Martínez le dijo "Ya tenía ganas de cogerte". Al darse cuenta de que Martínez llevaba una grabadora ordenó su detención y que le quitasen la grabadora. Esposado, Tito Martínez fue introducido en un furgón policial, donde entre empujones y vejaciones intentaron que el detenido se dirigiese a los concentrados para que abandonasen el lugar. GC - 133.- El Juzgado de Valencia archivó la causa seguida por las lesiones sufridas por JOSÉ LUIS IGLESIAS AMARO a finales de enero de 1994 por parte de los agentes de la Guardia Civil que lo custodiaban en el valenciano Hospital de la Fe, a donde había sido trasladado desde la prisión de Picassent y desde el que intentó fugarse. Tras este intento frustrado de fuga, José Luis Iglesia fue trasladado de nuevo a la prisión de Picassent. Desde allí hizo llegar una carta a su novia en la que narraba la agresión sufrida por los agentes de la guardia civil. Días después fue agredido por funcionarios de la prisión de Picassent. Esta agresión se repitió de nuevo el 28 de enero y, al día siguiente, José Luis Iglesias apareció ahorcado en su celda. Por estas nuevas agresiones y por la muerte de Iglesias Amaro se siguen actualmente diligencias en le Juzgado de Instrucción nº 1 de Picassent . GC - 134.- En septiembre, el juzgado de Instrucción nº 1 de San Sebastián, suspendía la declaración de JOSEBA KAMIO FUENTE, prevista para ratificar su denuncia por torturas contra miembros de la Guardia Civil tras su detención el 3 de junio de 1994. hasta entonces no se había practicado diligencia de investigación alguna. Entre los días 2 de junio y 6 del mismo mes, se desencadena una amplia operación de la Guardia Civil en Guipúzcoa y Navarra y durante su transcurso fueron detenidas veintitrés personas por presunta relación con banda armada. De estas, catorce personas denunciaron haber sido torturadas en las dependencias policiales. Entre ellos: JOSÉ DOMINGO AIZPURUA , MANUEL INTXAUSPE BERGARA, detenido el día 2 de junio, JOSU UNSION PABOLLETA, JOSEBA KAMIO FUENTE y JULIO PASCUAL DOMINGO, detenidos el día 3 en Pasai Antxo (Guipúzcoa). El mismo día, pero en Pamplona, es detenida BELÉN AZPIROZ BAZTARRIKA. El 5 de junio lo fueron JAVIER PIKABEA AIZPURUA, RAMÓN URIBE NAVARRO, FRANCISCO LIZASO AZKONOBIETA y ENCARNACIÓN MARTÍNEZ FERNÁNDEZ , detenidos en Usurbil (Guipúzcoa) y EUSEBIO MARÍA LASARTE BALERDI, detenido en Orio (Guipúzcoa). El día 6 es detenida en Oiartzun IGNACIO LÓPEZ AGIRIANO y el día 7, FIDELA GARCÍA BILBAO, en San Sebastián. De los detenido, únicamente seis ingresaron en prisión, diez fueron puestas en libertad sin pasar a disposición judicial, el resto quedó en libertad tras su paso por la Audiencia Nacional. Esta circunstancia y el estado en que se encontraban Ramón Uribe Navarro, Javier Pikabea y José Francisco Lisazo tras su paso por las dependencias de la Guardia Civil, obligó a la secretaria de Estado de Interior, Margarita Robles a ordenar la apertura de diligencias sobre las posibles torturas sufridas. Pese a las evidencias y los partes médicos existentes, que contradicen a los informes de los médicos forenses de la Audiencia Nacional que niegan su existencia, estas diligencias fueron archivadas poco después. Ni el juez Baltasar Garzón, a cuya disposición pasaron los detenidos, ni el Fiscal encargado de la causa, consideraron iniciar diligencias para esclarecer estas denuncias. Ya en 1996, el Comité para la Prevención de la Tortura (CPT), dependiente del Consejo de Europa, hizo público el informe relativo a la visita urgente que miembros del mismo efectuaron a España entre el 10 y el 14 de junio de 1994 para entrevistarse con los detenidos que habían denunciando torturas. Este informe hecho público con el visto bueno del gobierno Español considera veráz y probado que la Guardia Civil torturó a los detenidos . GC- 135.- En marzo, el juzgado de Instrucción nº 2 de San Sebastián, acordaba, pese a los informes médicos y las lesiones que presentaba tras su paso por la Audiencia Nacional, el archivo de la causa abierta por las torturas a JOSÉ FRANCISCO LIZASO, resolución que fue apelada por la acusación particular. José Francisco Lisazo Azkonobieta, detenido el día 5 de junio en Usurbil (Guipúzcoa). En su denuncia manifestó que fue golpeado desde el primer momento de su detención. Trasladado al cuartel de la guardia Civil de San Sebastián, fue nuevamente golpeado y sometido a sesiones de asfixia con una bolsa de plástico en la cabeza, lo que se volvió a repetir en las dependencias de la Guardia Civil de Madrid donde añadieron amenazas y la aplicación de descargas eléctricas. GC - 136.- Días después, en abril, el mismo Juzgado estimó que el trato recibido por la ENCARNACIÓN MARTÍNEZ FERNÁNDEZ, detenida en la misma operación policial, en las dependencias de la Comandancia de la Guardia Civil en San Sebastián podría ser constitutivo de una falta de lesiones, mientras que el recibido en la Dirección General de la Guardia Civil en Madrid sería constitutivo de un delito, por lo que deberían ser los Juzgados madrileños quienes investigasen y, en su caso, juzgasen los ocurrido. Esta resolución también ha sido recurrida por la acusación particular al entender que todo el trato sufrido por Encarnación Martínez es un mismo delito que tiene comienzo en la capital guipuzcoana. ENCARNACIÓN MARTÍNEZ FERNÁNDEZ, fue detenida el mismo día 5 de junio en Usurbil (Guipúzcoa) y quedó en libertad sin cargos por orden de la Audiencia, tras lo cual acudió a un centro médico donde fue ingresada en el servicio de urgencias, donde permaneció dos semanas dado el estado en que se encontraba y a la que se localizaron treinta y tres hematomas, distribuidos por todo el cuerpo, y que le fueron causados en las dependencias policiales, donde fue objeto de golpes, descargas eléctricas, vejaciones sexuales, etc. GC - 137.- En mayo, el Juzgado de Instrucción nº 2 de Baracaldo (Vizcaya) condenaba a los guardias civiles DOMINGO HIGUERO PÉREZ y EMILIANO TALAVÁN DE PURIFICACIONES a pagar una multa de 15.000 pesetas con arresto sustitutorio de tres días como autores de una falta contra el orden público después de que el 11 de junio de 1994 cuando se encontraban celebrando el traslado de uno de ellos a Madrid, en compañía de otros agentes, en un local de Baracaldo (Vizcaya) en el que entró un ciudadano marroquí, ABDESELAM AZZAHARI al que agredieron, insultaron y amenazaron con la retirada del permiso de residencia. Tras esto, el inmigrante acudió a denunciar los hechos a cuartel de la Policía local de Baracaldo. Poco después una patrulla de agentes municipales localizó a los dos guardias civiles, que había denunciado e identificado el inmigrante, a los que pidieron su identificación. Los guardias civiles se negaron a ello e incluso uno de ellos esgrimió su arma reglamentaria. Una vez finalizado este incidente, Abdeslam Azzahari formuló una denuncia contra los guardias civiles, que a su vez fueron denunciados por el sargento de la Policía local de Baracaldo. Por su parte los guardias civiles denunciaron, a su vez, al sargento de la policía local por malos tratos. Todas estas denuncias se vieron en juicio oral ante el juzgado de Instrucción nº 2 de Baracaldo que dictó sentencia condenando a los agentes de la Guardia Civil por una falta contra el orden publico, al haber desobedecido la orden del sargento municipal, y absolviéndolos por la agresión al ciudadano marroquí, que el juzgado estimó no probada. También absolvía al sargento de la policía municipal de la falta de malos tratos a los miembros de la Benemérita. GC - 138.- El juzgado de Instrucción nº 3 de Alicante, citó a juicio a varios guardias civiles acusados de un falta de lesiones a ANDONI CABELLO PÉREZ y FRANCISCO JOSÉ ROLLÁN RODRÍGUEZ cuando fueron trasladados junto a otros presos, el 1 de julio de 1994, desde la prisión de Alicante a la de Picassent. Esta Asociación desconoce el resultado del juicio celebrado. El 1 de julio de 1994, Antonio Cabello y Francisco Rollán, presos por pertenencia a banda armada, junto a los presos sociales Jorge Solas Egea, Diego Carrillo Palomares y Antonio Luque Tamajón, fueron golpeados por miembros e la Guardia Civil cuando eran trasladados entre las cárceles de Alicante y Picassent. La agresión, que fue protagonizada por un cabo primero de la Benemérita y en la que participaron además otros agentes, se produjo cuando los presos estaban apoyados en una pared de la cárcel de Alicante para ser cacheados. Al llegar a la prisión de Picassent fueron reconocidos por el médico de la misma que emitió un parte en el que se recogían las lesiones sufridas. GC - 139.- En el mes de abril de 1995, el juzgado de Instrucción nº 8 de Sabadell (Barcelona) decretaba el ingreso en prisión de dos agentes de la Guardia Civil del cuartel de Castellar del Valles (Barcelona), RAFAEL PICASSO MARCO y CARLOS SÁNCHEZ VILLAVERDE, por su implicación en la muerte de un detenido, JORGE XURIGUÉ, el 19 de agosto de 1994. Un mes después, los agentes quedaron posteriormente en libertad al prestar la fianza señalada por la Sección Tercera de la Audiencia Provincial barcelonesa. Tras el juicio celebrado, el Fiscal solicitó penas de 21 años de prisión para Carlos Sánchez, y de 9 años de cárcel para Rafael Picaso, por los delitos de homicidio y falsedad en documento oficial, el Tribunal absolvía a los agentes, aún reconociendo que habían golpeado a Jorge Xurigue. La sentencia ha sido apelada tanto por el Fiscal como por la acusación particular. La muerte de Jorge Xirugué se produjo después de que fuese detenido en compañía de otra persona, por los agentes ahora acusados, como autor de un robo en una gasolinera. Cuando eran conducidos esposados al cuartel, Jorge Xirugué recibió un fuerte golpe en la cabeza, a consecuencia del cual murió poco después. Según la versión de la Guardia Civil, cuando eran conducidos detenidos, Jorge Xirugué intentó huir corriendo, pero cayó poco después golpeándose en la cabeza y produciéndose las lesiones que le causaron la muerte. Sin embargo, el informe de la autopsia practicada, asegura que el golpe recibido por Xirugué fue propinado con un objeto contundente y no fue consecuencia de una caída. GC - 140.- En noviembre, la Sección Vª de la Audiencia Provincial de Valencia, estimando la petición del Fiscal, condenó a los guardias civiles FERNANDO FIGUEROA MAÑA y ALFREDO SIXTO REDONDO OBRADOR a las penas, para cada uno de ellos, de un mes y día de arresto por un delito de detención ilegal y a cinco días de arresto por una falta de lesiones en la persona de VICENTE PUCHADES ORTEGA el 2 de septiembre de 1994. La acusación particular solicitaba penas de dos años de suspensión por el delito y 20 días de arresto por la falta. El 2 de septiembre de 1994 en la localidad valenciana de Nazaret, los dos guardias condenados solicitaron la documentación a cuatro jóvenes que se encontraban en el interior de un vehículo, ante la sospecha de que estuvieran realizando "alguna actividad ilícita". Así lo hicieron los jóvenes, excepto Vicente Puchades, que no lo llevaba encima, sino que lo tenía en el interior de su vehículo aparcado en las proximidades, ofreciéndose a ir a por el documento. Los agentes de la Benemérita no le permitieron ir a por el DNI, ni a él ni a sus amigos, sino que al contrario lo esposaron y sin dar explicaciones lo trasladaron al cuartel de la localidad. Allí, todavía esposado, fue sujetado por Alfredo Sixto mientras Fernando Figueroa le golpeaba en la cara. GC - 141.- Tras el juicio celebrado en primera instancia ante el Juzgado de Instrucción nº 1 de Parla, los guardias civiles JUAN CARLOS PÁRRAGA POSTIGO y JUAN CARLOS VELASCO PRADA fueron condenados a diez días de arresto por una falta de lesiones en la persona de JUAN ANTONIO CASCOS GARCÍA en octubre de 1994. La sentencia fue apelada por los agentes. La Audiencia Madrileña anuló la sentencia dictada y ordenó dictar una nueva al Juzgado. En esta ocasión El Juzgado de Instrucción nº 1 de Parla condenó, únicamente, al agente Juan Carlos Párraga, absolviendo al guardia civil Juan Carlos Velasco. Apelada nuevamente, esta segunda sentencia fue confirmada por la Sección Séptima de la Audiencia Provincial Madrileña. En la madrugada del 16 de octubre de 1994, JUAN ANTONIO CASCOS GARCÍA fue abordado por dos agentes de la Guardia Civil de la localidad madrileña de Pinto que le solicitaron el DNI, Una vez examinado le dieron un empujón y le dijeron que se fuese. Al pedir Juan Antonio explicaciones sobre el trato recibido volvió a ser empujado, por lo que decidió acudir a denunciar los hechos ante la Policía Municipal cuyo cuartel estaba cerca. Cuando se encontraba en la puerta del cuartelillo, los dos guardias civiles volvieron a acercarse a Juan Antonio Cascos y volvieron a empujarle. Al solicitarles Juan Antonio su número de identificación, los guardias civiles le propinaron varias bofetadas y puñetazos al tiempo que le amenazaban si volvía a pedirles su identificación. Finalmente fue acorralado contra una pared y recibió un último puñetazo en el estómago que le hizo caer al suelo, donde le dejaron los agentes que se marcharon del lugar. La agresión fue observada por un policía municipal, con carne profesional nº 2.199.739, que no hizo nada por evitarla, ni lo denunció posteriormente, al contrario, declaró a favor del los guardias civiles. Tras la agresión, Juan Antonio Cascos acudió al ambulatorio donde fue reconocido. GC - 142.- Tres jóvenes, JOSÉ LUIS VILANOVA, CECILIO RODRÍGUEZ MARTÍN y PEDRO RODRÍGUEZ GÓMEZ, vecinos de la localidad madrileña de Colmenar Viejo, denunciaron haber sido objeto de torturas y malos tratos en el cuartel de la Guardia Civil de dicha localidad tras ser detenidos en la noche del 21 de octubre. Todo comenzó en la noche del referido día, después de que se produjera una pelea en una discoteca de la localidad en la que participaron varios guardias civiles de paisano. Tras esta pelea, los agentes regresaron al cuartel. Al día siguiente acudieron a detener a los tres jóvenes a los que acusaban de haber tomado parte en el incidente. Nada más entrar en el cuartel, en calidad de detenidos, fueron golpeados por varios miembros de la Guardia Civil. A partir de ese momento y durante dos días fueron objeto de continuas agresiones físicas, amenazas y coacciones por la casi totalidad de los miembros que componen la dotación del cuartel de la Guardia Civil en Colmenar Viejo. La Asociación Contra la Tortura ejerce la acción popular contra los responsables de la agresión por los delitos de tortura y detención ilegal. Hasta la fecha han declarado en calidad de inculpados un total de 27 agentes, de un total de 38 miembros de la dotación. Entre ellos, CARLOS ALGIBAY OLMOS, DANIEL CALVO CANO, FRANCISCO JOSÉ CHINCOA BERMÚDEZ, UBALDO FRANCISCO CUENA GARRACHÓN, JERÓNIMO MONDEJAR, FERNANDO J. MONTENEGRO BUSTOS, JORGE MORENO JIMÉNEZ, FERNANDO PAREDES CHAMERO, LUCIANO MANUEL PÉREZ DE LAMA (teniente y máximo responsable del cuartel), FRANCISCO SÁNCHEZ PUERTA, JOSÉ TOCINO BENÍTEZ y RAMÓN VALDECILLO VÉLEZ, MIGUEL IZQUIERDO VEGA, JOSÉ MARÍA SÁNCHEZ ALDANA, SANTIAGO ALBARRÁN DEOBARRO, JOSÉ BALBINO GÓMEZ PÉREZ, JOSÉ ANTONIO GUTIÉRREZ SEVILLA, VICENTE ZAMORA FOLLANA, ISRAEL GUTIÉRREZ ZAMARREÑO, RAÚL BURGOS BURGOS, ANTONIO INURRIA SÁNCHEZ y MIGUEL RAMOS GÁLVEZ. Cuatro de ellos, Carlos Algibay, Francisco J. Chincoa, Fernando Paredes y Miguel Izquierdo, fueron expedientados por la propia Guardia Civil. Sin embargo, MANUEL GASCÓN, teniente coronel de la 112 Comandancia de la Guardia Civil con sede en tres Cantos, de la que depende el acuartelamiento de Colmenar Viejo, y responsable de la investigación interna que la Guardia Civil efectuó sobre los hechos denunciados, en su informe, consideró probado que estos cuatro guardias civiles agredieron a los detenidos, pero que estas agresiones no eran constitutivas de infracción penal, por lo que no dio cuenta a la autoridad judicial competente. Por este motivo la ACT solicitó que declarase en la causa abierta como inculpado, lo que fue rechazado por la juez instructora. Tras las diligencias practicadas, de las que se encuentran pendientes varias pruebas solicitadas por la ACT, diecisiete agentes de la Guardia Civil han sido reconocidos - en rueda de reconocimiento - como autores de agresiones físicas -en uno u otro momento de la detención - a José Luis Vilanova, Cecilio Rodríguez y Pedro Rodríguez. GC - 143.- En junio, la Asociación Contra la Tortura se personó, en el ejercicio de la acción popular, en la causa seguida en el juzgado de Instrucción nº 2 de Arganda del rey (Madrid) contra los agentes de la Guardia Civil que habían sido denunciados por tortura y detención ilegal por EVA y SUSANA BARBA RODRÍGUEZ en noviembre de 1994, entre ellos, los agentes con números profesionales 50.841.331, 17.175.705 y 50.084.998. A pesar del tiempo transcurrido el Juzgado no ha contestado a la querella formulada. En la madrugada del 20 de noviembre, EVA y SUSANA BARBA RODRÍGUEZ, con unos amigos, regresaban en dos coches a Madrid, cuando fueron requeridos por la dotación de un Jeep de la Guardia Civil, en las proximidades de Mejorada del Campo, para que el conductor hiciese una prueba de alcoholemia. Uno de los conductores dio positiva la prueba mientras el otro conductor se negaba a efectuarla. A partir de este momento se inició una discusión entre los agentes y los jóvenes, que finalizó con la detención de las hermanas Barba Rodríguez y uno de los jóvenes que las acompañaban. Trasladados al cuartel de la Benemérita en Mejorada del Campo, Eva sufrió empujones y amenazas por parte de varios agentes, uno de los cuales le produjo hematomas en ambos brazos cuando la sujetó fuertemente. Por su parte, Susana fue igualmente empujada y amenazada, llegando en una ocasión a ser encañonada con un arma que apoyaron en su cabeza. Finalmente fueron puestas en libertad, después de ser denunciadas por resistencia e insultos a los agentes de la autoridad. Por el trato recibido, Susana Barba necesitó tratamiento psiquiátrico durante algún tiempo. GC - 144.- El juzgado de Instrucción nº 4 de Majadahonda (Madrid) ha acordado reputar falta la agresión sufrida el 22 de diciembre por JAVIER CALVO MARTÍNEZ y JUAN RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ por parte de agentes de la Guardia Civil. Ese día, tras la celebración del comienzo de las vacaciones navideñas por los estudiantes de la localidad madrileña de Las Rozas, JAVIER CALVO MARTÍNEZ y JUAN RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ acudieron a un centro comercial para comprar unas barras de pan con las que hacerse unos bocadillos, siéndoles negada la entrada por los vigilantes jurados, que llamaron a la Guardia Civil. Una patrulla de este cuerpo los detuvo y trasladó al cuartel bajo la acusación de insultos y resistencia a la autoridad. Durante su estancia en las celdas fueron objeto de continuas amenazas y vejaciones, siendo agredidos por uno de los agentes, que iba encapuchado. Al día siguiente fueron puestos a disposición judicial donde denunciaron el trato recibido. La Asociación Contra la Tortura formuló una querella contra los miembros del cuartel de la Guardia Civil de las Rozas responsables de las agresiones. Sin embargo el Juzgado de Instrucción nº 4 de Majadahonda no admitió dicha querella al exigir que, como requisito previo, se prestase una fianza por parte de la A.C.T. Dos agentes de la Benemérita, SERGIO MARTÍN URDIALES y JAVIER ROMERO BLAS, declararon como inculpados en la causa abierta, negando haber maltratado a los detenidos.