POLICÍAS AUTONÓMICAS (Ertzaintza) NUEVAS DENUNCIAS POR TORTURAS DURANTE 1995 CONTRA FUNCIONARIOS DE POLICÍA AUTONÓMICA PA - 1.- Más de 20 personas firmaron una denuncia dirigida al Juzgado de Guardia de Bilbao contra agentes de la Ertzaintza por los sucesos ocurridos en la madrugada del día 14 de enero en la Plaza de Bilbao La Vieja. Según la denuncia, centenares de jóvenes se encontraban el plaza cuando llegó una patrulla y una furgoneta de la policía autonómica, cuyas dotaciones, después de sacar el material antidisturbios, comenzaron a pedir violentamente la documentación a los allí congregados, a algunos de los cuales propinaron empujones y puñetazos. A la vista de esto, varias personas se encontraban en las cercanías reprocharon a los agentes su forma de proceder. Los ertzainas utilizaron entonces el material antidisturbios causando lesiones a T. G. F., que necesitó ser atendido por una ambulancia de la DYA. PA - 2.- EMILIA SANTACOLOMA, de 52 años de edad, resultó con rotura de brazo y de tabique nasal, así como numerosas heridas y hematomas, tras haber sido golpeada por un agente de la Ertzantza en la madrugada del 20 de enero, en la localidad de Portugalete. Según la denuncia presentada por Emilia Santacoloma, ella se encontraba cruzando una carretera, cerca de donde se estaba produciendo una manifestación con enfrentamientos con la Ertzantza, cuando fue golpeada por la espalda por un agente policial que se tiró encima de ella arrojándola al suelo, tras lo cual, el agente, le propinó varias patadas en el costado. PA - 3.- En Portugalete, la misma noche del 20 de enero, otras muchas personas fueron golpeadas por agentes de la Ertzantza, entre ellos IGNACIO OJEDA, que necesitó ocho puntos en la cabeza y cuatro puntos más en un brazo. CARMEN PÉREZ, que necesitó por su parte seis puntos de sutura en la cabeza, y ANA LÓPEZ BARRIO que fue golpeada en un ojo por un agente antidisturbios de la Policía Autonómica (Beltzas) después de que aquélla le recriminara su actitud al irrumpir en el bar donde trabajaba. PA - 4.- El 9 de febrero, IMANOL LERTXUNDI, de 68 años de edad, falleció tras sufrir un infarto de miocardio que le sobrevino en las inmediaciones de la Comisaría de la Ertzaintza de Ondarroa (Vizcaya), tras ser agredido por agentes policiales que trataban de detener a un joven. Los hechos tuvieron lugar cuando un coche de las Gestoras pro Amnistía recorría la localidad vizcaina anunciando una asamblea que tendría lugar horas después. Una patrulla de la Ertzaintza intentó identificar a los ocupantes del vehículo, que se negaron a ello y fueron trasladados a las dependencias policiales ante las que se fue congregando un numeroso grupo de personas. Poco después llegaban al lugar varias dotaciones policiales, entre ellas una furgoneta con material antidisturbios, cuyos ocupantes comenzaron a golpear a los que se habían congregado (entre ellos, y ademas del propio Imanol Lertxundi, causaron lesiones a MARÍA TERESA BURGOA y SABIN IBAIBARRAGA). Tras los incidentes, Lertxundi comenzó a sentirse mal, siendo trasladado al ambulatorio de la localidad y desde allí al Hospital de Medrano, donde falleció poco después. La autopsia practicada a Lertxundi no reveló la presencia de signos de violencia en el cuerpo del fallecido, lo que dio pie a que el Gobierno Vasco negase la agresión al fallecido. Igualmente negaron la existencia de otros lesionados tras la actuación policial. PA - 5.- El 20 de abril, AINHOA ORTEGA, miembro del sindicato LAB, sufrió heridas de pronostico grave (rotura de bazo y derrame pleural izquierdo, además de numerosos hematomas y contusiones en las costillas) tras ser golpeada por varios agentes de la Policía Autonómica en Rentería. Ainhoa Ortega participaba en una manifestación que tenía lugar en la ciudad guipuzcoana cuando se vio sorprendida por una carga policial. Tras tropezar contra una barandilla cayó al suelo y, allí, fue rodeada por un grupo de agentes que comenzaron a golperarla. La versión policial sostiene, sin embargo, que fue el golpe contra la valla la causa de las lesiones que sufrió. Durante la actuación policial contra los manifestantes también resultó herido JON URBE, reportero gráfico del diario EGIN que cubría la manifestación y que sufrió traumatismo craneoencefálico. PA - 6.- KOLDO MARTÍN interpuso, el 15 de junio, una denuncia contra varios agentes de la Ertzaintza por agresión. Según la denuncia, cuando Koldo Martín se encontraba en una calle de la localidad vizcaína de Orduña, donde se celebraban las fiestas patronales, una patrulla de la Policía Autonómica le interceptó y pidió la documentación. Al decirles que no la llevaba encima, fue introducido a golpes y esposado en el vehículo policial para trasladarlo a la comisaría de Llodio. Durante el trayecto, y a la altura de Muera, los agentes pararon el vehículo y sacaron del mismo al joven al que golpearon con pies y manos reiteradamente. Los golpes continuaron cuando fue introducido de nuevo en el vehículo policial para llevarlo a las dependencias policiales. PA - 7.- El 24 de junio, en San Sebastián, y como consecuencia de un impacto de una pelota de goma disparada a bocajarro por agentes de la Ertzaintza, tuvo que ser hospitalizada ROSA ZARRA MARÍN, de 58 años de edad, que ingresó en la UVI de la Residencia de Nuestra Señora de Aranzazu. El 30 de junio, Rosa Zarra murió al agravársele las heridas sufridas. El 24 de junio se celebraban, en las cercanías de Anoeta, en la capital guipuzcoana, concentraciones de los trabajadores de la empresa Alditrans, en petición de la libertad de José María Aldaya, en poder de ETA, y de miembros de Herri Batasuna que protestaban por la violencia policial, días antes, contra las personas que esperaban los restos de José Antonio Lasa y José Ignacio Zabala, asesinados por los GAL en 1983 y cuyos restos hacía poco habían sido identificados . Agentes de la Ertzaintza atacaron a los segundos con abundante material antidisturbios. Testigos de lo que ocurría fue un numeroso grupo de mujeres, que aguardaban el fin de los enfrentamientos bajo unos soportales. Repentinamente, dos agentes se acercaron al grupo y dispararon contra ellas a bocajarro. Uno de los disparos impactó en Rosa Zarra y le reventó el intestino grueso causándole una grave peritonitis. Días después, en un informe de autopsia, que ya había sido adelantado por el Consejero de Interior del Gobierno Vasco, José María Atutxa, se indicó que Rosa Zarra habría muerto inevitablemente aún sin recibir el impacto de la pelota de goma. La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de San Sebastián, aceptó esta tesis, y archivó definitivamente la causa al considerar que su muerte no fue provocada por el impacto de la pelota de goma disparada por los agentes. PA - 8.- Poco después de tener lugar la actuación policial del caso anterior, agentes de la Ertzaintza golpeaban a dos jóvenes en el barrio donostiarra de Amara: IZASKUN GONZÁLEZ y JULEN ARZUAGA. La agresión tuvo lugar cuando los dos jóvenes se encontraron con los agentes, que perseguían a un grupo de personas. Como consecuencia del tumulto creado, Izaskun González cayó al suelo y varios agentes se abalanzaron sobre ella, golpeándola. Al intentar levantarse, fue de nuevo golpeada, recibiendo patadas y golpes de porra por todo el cuerpo, a consecuencia de lo cual sufrió una fractura en la mano izquierda y numerosos hematomas en espalda y piernas. Respecto a Julen Arzuaga, que acompañaba a la joven, recibió un pelotazo en el brazo cuando intentó socorrer a su amiga. Posteriormente recibió varias patadas y golpes de porra en la cabeza que le causaron una fractura del tabique nasal y numerosas heridas en brazos y piernas. El Juzgado de Instrucción nº 2 de San Sebastián acordó el archivo de la causa, abierta a raíz de la denuncia. El recurso formulado por los denunciantes fue, asimismo, desestimado por la audiencia Provincial guipuzcoana. PA - 9.- UNAI PASARIN y LUIS HINOJAL, denunciaron ante el Juzgado de Guardia de Vitoria, la agresión y amenazas sufridas por parte de varios agentes de la policía Auntonómica, entre los que se encontraba la agente IRENE EGILAZ. Según la denuncia formulada, que fue remitida a los Juzgados de Amurrio, el 20 de agosto, la agente Irene Egilaz, cuyo vehículo acababa de ser incendiado por desconocidos, acompañada por varios ertzainas, se dirigió al bar "El Chiringuito", de la localidad alavesa de Amurrio, donde se encontraban Unai Pasarin y Luis Hinojal. A este último le grito: "que te he visto, que te he visto. Mañana te voy a matar. Os voy a matar a todos". Poco después obligaba a salir a la calle a Luis Hinojal, al que, tras agarrarle por la espalda y girarlo, le dio un rodillazo en los testículos. Horas después, cinco ertzainas, dos de paisano y el resto uniformados, se presentaron en el domicilio de Luis Hinojal y, tras interrogarle de nuevo sobre la quema del vehículo de su compañera, le amenazaron diciéndole "vete enterándote de quien ha sido, porque, si no, te va a caer todo el marrón a ti". A la mañana siguiente, los mismos hechos se repitieron en el domicilio de Unai Pasarin. El Juzgado de Instrucción nº 2 de Amurrio condenó a la agente Irene Egilaz a una multa de siete mil pesetas, o arresto sustitutorio de un día, como autora de una falta de vejaciones, al considerar como atenuante "el estado de alteración nerviosa" que presentaba tras la quema de su vehículo. La sentencia absuelve a la citada agente de las faltas de lesiones y vejaciones ocurridas en la persona de Luis Hinojal. PA - 10.- El 1 de septiembre, tras una manifestación celebrada en Vitoria (Álava) contra el despliegue de la Ertzaintza en esta ciudad, agentes de la Brigada Móvil de la Policía Autonómica, penetraron en varios bares del Casco Antiguo de la ciudad ("Xurrut", "Herrikoia Taberna", bar "Alisas", "Elizondo Taberna", "Santander" "Kiroli", etc.) desalojando violentamente a las personas que allí se encontraban, entre los que ocasionaron numerosos heridos. Entre los heridos se encontraba JUAN MANUEL ARAKAMA, propietario del bar "Xurrut" donde los agentes penetraron en dos ocasiones. Según la denuncia presentada, entre las 10 y las 11 de la noche, los agentes penetraron en el bar en dos ocasiones. En la primera ocasión, los ertzainas desalojaron a todos los clientes entre insultos y amenazas y, con las porras, rompieron todos los vasos que había en la barra. Poco después, Juan Manuel Arakama reabrió el bar y volvieron a entrar agentes policiales. Esta vez los agentes golpearon en las manos a los allí presentes. Ante las protestas de Arakama, uno de los agentes le exigió que cuando se dirigiese a un ertzaina le hablase con la cabeza baja, y le propinó varias bofetadas. Otro agente le golpeó con la porra en el brazo y la en cabeza, derribándole al suelo, donde permaneció, sin que los policías le atendieran, hasta que llegaron miembros del DYA y lo trasladaron al Hospital de Santiago, de la capital alavesa, donde le apreciaron una brecha en la cabeza que necesito siete puntos de sutura. Denuncias similares formularon JOSEBA MIKEL FERNÁNDEZ, que se encontraba en el bar "Elizondo", y ROBERTO ZABALA, propietario del bar "Alisas". Sólo nueve ertzainas están acusados de las agresiones producidas: los miembros de una de las dotaciones y el mando de una segunda furgoneta de la Ertzaintza, no habiendo sido posible identificar a los restantes siete componentes de esta segunda dotación, por lo que la acusación particular ha solicitado la suspensión del juicio previsto contra estos nueve agentes ante el Juzgado de Instrucción nº 1 de Vitoria y la práctica de nuevas diligencias de prueba. PA - 11.- El vecino de la localidad Guipuzcoana de Oñati, S. N. G., formuló una denuncia ante el Juzgado por la agresión sufrida el 9 de septiembre, en el Santuario de Arantzazu, cuando participaba en una concentración en favor de los presos nacionalistas vascos. Tras una carga de agentes de la Ertzaintza, fue obligado a pasar, junto a otros de los asistentes, por un "pasillo policial" recibiendo varios golpes con las porras policiales que le causaron una rotura en el brazo derecho y diversas contusiones en la pierna y la mano izquierda. PA - 12.- El 13 de noviembre, varias personas fueron detenidas por agentes de la Ertzaintza en el transcurso de una manifestación celebrada en Pamplona, entre ellas el joven de 17 años, MARTÍN L. S., quien denunció ante el Juzgado los golpes y malos tratos sufridos durante su detención que le causaron diversas lesiones en la frente, la espalda y rodilla haciendo necesario su traslado, desde la Comisaría, a un hospital. PA - 13.- Durante la segunda quincena de noviembre, agentes de la Ertzaintza destinados en Vitoria, amenazaron a los jóvenes UGUTZ BENITO PÉREZ DE MENDIOLA y JOSÉ ANTONIO URRA, cuando paseaban por las calles de Vitoria. Según las denuncias presentadas, el 17 de noviembre, Ugutz Benito fue requerido por dos patrullas de la Policía Auntonómica para que les presentase la documentación, a lo que accedió. Poco después pudo abandonar el lugar. El 21 del mismo mes, fue abordado nuevamente por agentes policiales cuando salía de su domicilio y que le solicitaron de nuevo el DNI. Ante la reiteración en pedirle el carne de identidad, el joven acudió a la comisaría donde se negaron a informarle sobre si había alguna reclamación contra él. Al día siguiente, 22 de noviembre, dos agentes de la Ertzaintza se acercaron a Ugutz Benito y, tras preguntarle si olía a quemado, le dijeron: "Bueno, Ugutz Benito Pérez de Mendiola, pues entérate de que el próximo que va a oler a gasolina vas a ser tú". Cuando el joven preguntó si aquello era una amenazas, el agente le contesto que "si" y repitió sus amenazas diciéndole que "se anduviera con mucho cuidado". Por su parte, José Antonio Urra, denunció que el 24 de noviembre, varias personas se le acercaron y uno de ellos, agarrándole por el pelo, le dijo: "Nosotros no mandamos cartitas ni nada, nosotros te pegamos un tiro y ya está". José Antonio Urra había recibido, en su domicilio y dos meses antes, una carta en la que se vertían graves amenazas contra él. PA - 14.- La joven AITZBIER BOYERO, recibió el impacto de una pelota de goma lanzada por un ertzaina, el 2 de diciembre en la localidad vizcaina de Portugalete, a consecuencia del cual sufrió graves lesiones (herida inciso- contusa en el ojo izquierdo con estallido del globo ocular) . Según testigos presenciales, tras una concentración que se celebraba en la localidad vizcaina en la que se produjeron enfrentamientos con la Ertzaintza, varias personas se refugiaron en un bar. Cuando los incidentes parecía que habían finalizado, Aiztbier Boyero abandonó el local junto a las demás personas, y un agente, que se encontraba a pocos metros, le apuntó con su arma y disparó. Responsables del Departamento de Interior del Gobierno Vasco negaron que fuese una pelota de goma lanzada por un agente la causante de las lesiones. PA - 15.- El 4 de diciembre, agentes de la Ertzaintza disolvieron violentamente a los participantes en una concentración, que se celebraba en Bilbao bajo el lema "Euskal Herria Askatu" entre los que se encontraba CÁNDIDO ARREGI, de 62 años de edad. Cándido Arregi recibió varios golpes, refugiándose poco después en un bar cercano, hasta donde fue perseguido por agentes autonómicos encapuchados, quienes, tras entrar en el establecimiento, nuevamente golpearon a Cándido, le arrojaron al suelo, esposaron y sacaron a rastras a la calle mientras sangraba en abundancia. Poco después una ambulancia de la DYA trasladaba al herido al hospital de Basurto, donde se le apreció una rotura en la mano derecha y numerosos golpes por todo el cuerpo. Mientras el herido era atendido, varios agentes policiales se personaron en el hospital y se llevaron detenido a Cándido Arregi. La Consejería de Interior del Gobierno Vasco, pese a los testimonios de la agresión, tanto personales como gráficos, pretendió que las heridas de Cándido Arregi se las produjo cuando cayó mientras huía de los agentes policiales. PA - 16.- El 11 de diciembre, agentes de la Brigada Móvil de la Policía Autonómica Vasca golpearon a varias personas en el Casco Viejo de Vitoria, lo que dio lugar a diversas denuncias. Uno de los agredidos fue R. V. T., camarero de un bar situado en la calle Prado de la capital alavesa. Este se encontraba en el exterior del bar observando cómo varios agentes retiraban los objetos que obstaculizaban el tráfico. Uno de los agentes conminó al denunciante para que entrara en el bar, al responder al agente que "quería verles trabajar", recibió varios golpes por parte de los policías, que le ocasionaron numerosos hematomas. También fue agredido ÍÑIGO SALAZAR GARRO, que se encontraba en el interior de un bar con unos amigos, cuando cuatro ertzainas penetraron en el local y les obligaron a salir a la calle. Allí pudo ver cómo varios agentes propinaban patadas y golpes a una persona que se encontraba en el suelo, por lo que Íñigo Salazar recriminó a los agentes su actitud. En ese momento tres agentes se acercaron hasta donde se encontraba Íñigo y le propinaron golpes con las porras en brazos, piernas y nalgas, causándole diversas lesiones. Tres agentes de la policía autonómica, con números profesionales 8.555, 12.077 y 6.359, fueron acusados por esta agresión, si bien el Juzgado de Instrucción nº 3 de Vitoria los absolvió tras el juicio de faltas celebrado, en el cual Íñigo Salazar reconoció como autores de las lesiones sufridas a los agentes 12.077 y 6.359, quienes negaron los hechos. SEGUIMIENTO DE LAS CAUSAS POR TORTURAS DE AÑOS ANTERIORES A 1995 SEGUIDAS CONTRA FUNCIONARIOS DE POLICÍA AUTONÓMICA PA - 101.- A finales del año, la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de San Sebastián (Guipúzcoa) condenaba al inspector jefe de la Comisaría de la Ertzaina en Tolosa, JON KARLA D. G., a la pena de dos meses y un día de suspensión de cargo público como autor de un delito de detención ilegal en las personas de JOSÉ LUIS C. E. y ANA MARÍA A., durante la cual obligó a esta última a desnudarse para ser sometida a un cacheo por una agente femenina del mismo cuerpo. La Sentencia absuelve a los agentes JOSÉ LUIS H. A. y RAFAEL R. A. de la acusación que contra ambos era sostenida por la acusación particular, por entender que no fueron responsables de la detención. La sentencia, aunque no condena por vejaciones, añade que al matrimonio se les trató "como si fueran delincuentes, cuando no había justificación para ello". El 3 de octubre de 1987, el matrimonio formado por José Luis C., de 60 años de edad, y Ana María A, de 55 años, regresaba, en su vehículo, a su domicilio en la localidad guipuzcoana de Tolosa, cuando les fue prohibido el paso por estarse produciendo en la misma una manifestación. Tras dar un rodeo, vieron un dispositivo policial, en funciones de observación, en el que se encontraban los agentes José Luis H y Rafael R, a quienes el denunciante, José Luis C., se dirigió recriminándoles lo que ocurría. Ante el cariz que tomaba la discusión Ana María A. salió del vehículo y se dirigió a los agentes, que en ese momento les indicaron que se personaran en Comisaría, lo que así efectuaron. Allí se encontraron con el jefe de servicio, Jon Karla D., que ordenó su inmediato ingreso en los calabozos, donde permanecieron hasta las 7 de la mañana del día siguiente, sin que en ese tiempo se realizase ninguna diligencia de investigación o toma de declaración. PA - 102.- Durante la vista del juicio oral celebrado ante la Sección Segunda de la Audiencia de San Sebastián, en el mes de marzo, el Fiscal solicitó la pena de dos años, cuatro meses y un día para el agente de la ertzaina PEDRO MARÍA CALVO como autor de las lesiones sufridas por AGUSTÍN OYARZUN, MANUEL DOMÍNGUEZ y MARTÍN CALPARSORO en un bar de la localidad de Irún (Guipúzcoa) en la madrugada del 4 de abril. El Fiscal calificó lo ocurrido como "una pelea de borrachos" y el agente negó la agresión y manifestó que se limitó a defenderse de una agresión previa. Esta Asociación no ha tenido conocimiento de la sentencia dictada. Según la denuncia inicial, el encargado del bar comunicó a Pedro María Calvo, agente de la Ertzantza fuera de servicio, que se estaba produciendo un incidente en los servicios, lugar al que acudió el requerido. Allí, Manuel Domínguez, que sufre minusvalía en ambas piernas, observó como el agente agredía a un conocido suyo, por lo que acudió en su ayuda, siendo golpeado y arrojado al suelo por el agente. En auxilio de Manuel acudieron Agustín Oyarzun y Martín Calparsoro que también recibieron golpes por parte del agente, resultando el primero con perdida de conocimiento y el segundo con fractura del tabique nasal. PA - 103.- El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco denegó la indemnización solicitada por un joven que perdió un ojo a consecuencia del impacto de una pelota de goma disparada por agentes de la Ertzaintza el 1 de septiembre de 1991, en la localidad de Zarautz. La Sala entiende que las lesiones sufridas son responsabilidad únicamente del propio herido, por participar en una manifestación ilegal en la que las Fuerzas de Orden Público utilizaron medias antidisturbios reglamentarias, y no haber "justificado, debidamente,... que no tomaba parte en los hechos aunque se encontrase en las inmediaciones". PA - 104.- Tres agentes de la Comisaría de la Ertzaintza de Eibar han sido absueltos por el Juzgado de Instrucción nº 1 de esta localidad guipuzcoana del delito de vejaciones al abogado EDUARDO BOLEA cuando se disponía a asistir a un detenido. La sentencia, que reconoce los hechos denunciados, establece que los agentes actuaron con un celo excesivo que "provocó una disfunción con el derecho de defensa" pero que "en todo caso se trata de un problema de seguridad en el interior de una comisaría, cuya solución, para garantizar al máximo el derecho de defensa, compete a las autoridades policiales". Los hechos denunciados tuvieron lugar el 18 de noviembre de 1992, cuando el abogado Eduardo Bolea acudió a la Comisaría de Eibar a asistir a una persona allí detenida. Según la denuncia, en la comisaría los agentes denunciados le negaron la posibilidad de mantener una entrevista privada con su cliente. Cuando pudo hablar con éste, estuvo presente en todo momento un agente y el abogado nunca pudo, durante la entrevista, ver la cara del detenido que, por orden de los agentes, le daba siempre la espalda. Igualmente se le cacheó y registró el maletín que portaba el abogado, etc... Una situación similar vivió la abogada MARÍA JOSÉ RUIZ DEL MORAL, que acudió a la misma comisaría para asistir a otra persona allí detenida. PA - 105.- La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de San Sebastián condenó al agente de la Ertzaintza ANTONIO AGUIRRE KANFLANKA, a la pena de seis meses de arresto como autor de un delito de lesiones en la persona de HARITZ ELOSEGUI, el 12 de diciembre de 1992. La misma sentencia absuelve al citado policía autonómico de los delitos de asesinato y homicidio frustrados por los que era acusado por la acusación particular y el Fiscal, respectivamente. El 12 de diciembre, el agente Antonio Aguirre entró en el bar "Kitto" de Tolosa donde ingirió, al menos, cinco cervezas, y al parecerle sospechosa la actitud de cinco jóvenes que se encontraban en el establecimiento, entre los que se hallaba Haritz Elosegui a quien decidió detener. Haritz Elosegui se negó a la detención y el agente desenfundó el revolver que portaba y efectuó un disparo que alcanzó a Haritz Elosegui en el cuellos. La Sala niega que el agente tuviere intención de matar al joven ya que "por el arma usada, la distancia a la que disparó - 50 centímetros - y la destreza que se le supone por su condición de policía en el manejo de armas, de haber querido matar lo hubiese conseguido con un único disparo" PA - 106.- La sección Segunda de la Audiencia Provincial de San Sebastián (Guipúzcoa) ordenó la reapertura de la causa seguida ante el juzgado de Instrucción nº 1 de dicha ciudad por las lesiones sufridas por FRANCISCO RIEZU BRAVO, al ser apaleado por varios agentes de la Policía autonómica el día 27 de enero de 1993, durante la actuación, contra los participantes en una manifestación estudiantil, de una unidad antidisturbios de la Ertzantza, a cuyo mando se encontraban ÁNGEL ALEGRÍA VÉLEZ y JOSÉ VIVANDO GÓMEZ, este último jefe de la escolta del Lehendakari. Ambos agentes han declarado en calidad de imputados. La causa había sido archivada por el Juzgado después de que los mandos policiales imputados reconociesen que las lesiones sufridas por Francisco Riezu podrían tener su origen en la actuación policial. Este manifestó que no podía reconocer a los agentes agresores, pues estos iban encapuchados. La Sala, en su resolución y en relación a la práctica del enmascaramiento protagonizado por los agentes policiales, estima que "no es el momento ni función de la Sala comentar la bondad o no de tal medida... El actuar totalmente enmascarados permite o tolera una finalidad bien distinta" a la de protección de los agentes y, continua, que "de aceptarse el sobreseimiento -de la causa, quedaría abierto un cauce de total falta de control en la actuación de la policía Autonómica Vasca, falta de control... que permitiría conductas totalmente impunes". Además indica que lo correcto es "no ya que el denunciante identifique a su posible agresor, sino que por quien corresponda éste sea individualizado entre los agentes allí actuantes ... y en el juicio publico oral... un tribunal pueda dirimir si la actuación en este caso concreto fue la correcta o no" PA - 107.- Una mujer bilbaína, A. E. G, de 32 años de edad, ha sido condenada por el juzgado Penal nº 1 de la capital vizcaina a la pena de cuatro meses de arresto como responsable de haber denunciado falsamente por torturas a los dos ertzainas que la detuvieron el 13 de mayo de 1993. Según la sentencia dictada, la joven A. E. G. acudió el 17 de mayo al juzgado de Guardia, presentando una serie de lesiones en el ojo, cara y brazos, y denunció que, cuatro días antes, dos agentes de la Policía Autónoma, de los que facilitaba su número profesional, le habían provocado lesiones tras detenerla por un delito contra la seguridad del tráfico. Pocos días después la joven regresaba al juzgado para retirar la denuncia interpuesta, lo que ya no era posible por tratarse de un delito perseguible de oficio. El Juzgado continuó con la instrucción de la causa iniciada en virtud de dicha denuncia y finalizó en febrero del año siguiente mediante una sentencia del Juzgado de Instrucción nº 1 de Bilbao que absolvía a los dos agentes y que ordenaba la apertura de otro procedimiento contra la denunciante por si hubiese incurrido en un delito de denuncia falsa. Este nuevo procedimiento dio lugar a la sentencia ahora dictada contra la joven, en la que se indica, en base al testimonio del médico de la cruz Roja que atendió a la denunciante tras el arresto, que las lesiones denunciadas ya le habían sido causadas antes de su detención por los agentes. PA - 108.- La Audiencia Provincial de Vitoria condenó, en febrero, a los ertzainas JUAN ANTONIO ARENAZA ARACAMA, AITOR ZUBIAGUIRRE FERNÁNDEZ DE GAMARRA, FRANCISCO JAVIER MUÑOZ MIRANDA, ROBERTO MARTÍNEZ DE ARENAZA GARCÍA DE ALBÉNIZ y ROGELIO GONZÁLEZ GONZÁLEZ a penas de un año de prisión para cada uno de ellos, como autores de un delito de imprudencia temeraria. Igualmente impuso la pena de seis años de prisión a JOSÉ IGNACIO COUCEIRO CUADRA como responsable de un delito de imprudencia temeraria consecuencia de negligencia o impericia profesional en los hechos que dieron como resultado la muerte de JUAN CALVO AZADAL en las dependencias de la Policía Autónoma Vasca de Arkaute (Vitoria) en la madrugada del 20 de agosto de 1993. La misma sentencia condenaba a los agentes autonómicos ya indicados, José I. Couceiro, Juan A. Arenaza, Aitor Zubiaguirre, Rogelio González y Roberto Martínez a penas de treinta días de arresto menor, para cada uno, como autores de una falta de lesiones en la persona del citado Juan Calvo, y a diez días de arresto menor, como autora de una falta de imprudencia simple, a la agente de la Ertzantza CRISTINA MARTÍN CANABAL. Los agentes del mismo cuerpo JESÚS ARANA ARAMBURU, EDUARDO FERNÁNDEZ OTAOLA, JOSÉ DELGADO DEL CAMPO y LUIS ÓSCAR BARBA GARCÍA, fueron por su parte absueltos de todos los cargos que contra ellos se presentaron. Juan Calvo fue detenido el 19 de agosto de 1993, después de haber robado un vehículo. Trasladado a la Comisaría de Arkaute fue encerrado en un calabozo, donde ingresó preso de un fuerte estado de excitación mental, por lo que fue golpeado por varios agentes de la Ertzantza, quienes además utilizaron repetidamente, siempre en el interior del calabozo de reducidas dimensiones, unos spray paralizantes cuyos efectos los agentes no pudieron resistir por lo que abandonaron el calabozo en el que, a pesar de ello, dejaron encerrado a Juan Calvo, que poco después tuvo que ser ingresado en un hospital donde solo pudieron certificar su muerte. La autopsia recogía la existencia de 22 contusiones en el cuerpo de Juan Calvo, 35 marcas producidas por porras, hematomas en testículos, dos heridas en la cabeza, diversas escoriaciones y otras marcas distribuidas por todo el cuerpo. Al mismo tiempo señalaba que la muerte se había producido por asfixia debido a los gases utilizados por los agentes policiales. PA - 109.- El Juzgado de Instrucción nº 6 de Bilbao, condenó al agente de la Ertzantza EMILIO BELDAD GARCÍA a la pena de multa de 25.000 pesetas o dos días de arresto sustitutorio como autor de una falta de amenazas a la familia de JUAN L. CAMARERO, que fue denunciado anteriormente como uno de los agresores, durante la Semana Grande de Bilbao de 1993, del también miembro de la Ertzantza Ander Susaeta. PA - 110.- La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Pontevedra condenó al agente de la Policía Autonómica gallega JOSÉ ANTONIO OTERO CAMBA a la pena de un año de prisión menor como autor de un delito de imprudencia temeraria con resultado de muerte en la persona de ROSA DIZ PLATIS, vendedora de pescado de Vilagarcía de Arousa (Pontevedra), el 27 de octubre de 1993. Esta sentencia fue anulada por el Tribunal Supremo que ordenó dictar una nueva sentencia en la que se resolviese sobre la petición efectuada por la acusación particular que acusaba al agente como autor de una falta de lesiones en la persona de FRANCISCO RAMÓN LOUREIDO . El día indicado, durante una operación de control sobre la venta de pescado y marisco en la localidad de Vilagarcía, el oficial de Policía, José Antonio Otero, acompañado del también agente, JOSÉ DACOSTA CONDE, ambos adscritos a la unidad que será embrión de la futura Policía Autonómica de Galicia, detuvieron a Francisco Ramón Loureido, que se resistió a la detención. Un grupo de pescadores que vieron lo que ocurría recriminaron a los agentes su actuación, produciéndose un tumulto, durante el cual el agente condenado empuñó su arma reglamentaria con la que golpeó en la cabeza a la persona que había detenido, tras lo cual efectuó tres disparos, uno de los cuales alcanzó a Rosa Diz que estaba a menos de metro y medio de distancia y que falleció a consecuencia de las heridas sufridas. PA - 111.- El Juzgado de Instrucción nº 9 de Bilbao, acordó, en diciembre de 1995, el sobreseimiento provisional de la causa seguida por unas lesiones causadas por el impacto de una pelota de goma disparada por agentes de la Ertzaintza, pero en la misma resolución el juez reconoce la impunidad de la que gozan los agentes de este cuerpo policial al intervenir encapuchados. El Juez señala que los hechos denunciados podrían ser constitutivos de infracción penal, pero no ha podido ser identificado el autor del disparo que causó las lesiones denunciadas. La Audiencia Provincial de Vizcaya confirmó, posteriormente, esta resolución de archivo. FUNCIONARIOS DE PRISIONES NUEVAS DENUNCIAS POR TORTURAS EN EL AÑO 1995 CONTRA FUNCIONARIOS DE PRISIONES FP - 1.- El 28 de enero, MOISÉS PERALES CHOZAS preso en la cárcel de Navalcarnero (Madrid) fue requerido por un funcionario para que le acompañara, a lo que accedió, siendo trasladado al celular de aislamiento donde entre varios funcionarios le propinaron varias patadas y golpearon reiteradamente con porras. Como consecuencia de las lesiones sufridas tuvo que ser trasladado al Hospital donde le apreciaron una perforación de tímpano, fractura de huesos de la nariz, hematomas y contusiones en piernas, cabeza, etc... quedando ingresado durante catorce días. A su regreso al centro penitenciario, un compañero de Moisés perales formuló en su nombre la correspondiente denuncia que está siendo investigada por el Juzgado de Instrucción nº 1 de Navalcarnero. Después de formular la denuncia, Moisés Perales ha sufrido el acoso por parte de los funcionarios y está siendo objeto de partes de sanción por los motivos más nimios. FP - 2.- JESÚS MARÍA MENDINUETA FLORES y JOSÉ ANTONIO ETXEBARRIA ALESTA, presos en la cárcel de Alahurín de la Torre, Málaga, por pertenencia a ETA, denunciaron haber sido golpeados, en la tarde del día 22 de febrero, por varios funcionarios que se encontraban en el turno de guardia en el módulo 7, de aislamiento, de la prisión. FP - 3.- El 20 de mayo, IVÓN HERRERO MAYO y REINALDO GÓMEZ GUIJARRO, presos en el centro Penitenciario de Valdemoro, fueron objeto de una agresión por parte de un grupo de funcionario de la cárcel que les causaron diferentes lesiones. La denuncia de estos hechos, así como la de las condiciones de vida en la cárcel de Valdemoro, fueron denunciados al Juzgado de Vigilancia Penitenciaria nº 3 de Madrid por Sergio Sampedro y otros siete presos más. FP - 4.- El 24 de mayo, en la cárcel de Navalcarnero (Madrid), ANDRÉS ARCE CAMPANERO, preso destinado en la enfermería de la prisión, fue agredido por varios funcionarios, entre ellos uno que responde al nombre de AGAPITO, que le propinaron diversos empujones y patadas, pues creían que él era el responsable de haber filtrado a la prensa las circunstancias en que se produjo la muerte de un preso días antes en la misma prisión . Para evitar que continuase la agresión, Andrés Arce se autolesionó, tras lo cual fue ingresado en una celda de aislamiento y de allí fue conducido a la celda de observación existente en la enfermería. El día 26 de mayo, mientras se encontraba en esta celda de observación, el jefe de servicios, LUIS BASANTE, junto a otros cuatro funcionarios de la prisión del turno de tarde de enfermería, entre ellos uno llamado MANUEL, volvieron a agredirle, propinándole puñetazos en el pecho, bofetadas en la cara, tirones de pelo ... para a continuación, estando esposado con las manos a la espalda y recibiendo numerosas patadas, ser ingresado de nuevo en la celda de aislamiento, donde permaneció esposado de pies y manos, éstas a la espalda, hasta la tarde del día 27 de mayo, por lo que Andrés Arce tuvo que hacerse sus necesidades fisiológicas encima. FP - 5.- El 3 de junio, funcionarios de la Prisión de Ceuta agredieron a JON ALDANA ZELAIA, encarcelado por pertenencia a banda armada, causándole diversas lesiones. Según la denuncia formulada, Jon Aldana intentó tragarse unos papeles con anotaciones personales que un funcionario quería arrebatarle. Poco después varios funcionarios de la cárcel se acercaron y le esposaron, momento en que alguno aprovechó para golpearle. FP - 6.- A primeros de agosto, KEPA NABARTE, que llevaba dos días sin salir al patio de la prisión de Navalcarnero, donde se encontraba, preguntó a un funcionario cuándo le respetarían este derecho. La respuesta del funcionario fue trasladarle a las celdas de aislamiento donde fue golpeados por dos funcionarios, uno conocido por el nombre de ALFREDO, que le propinó golpes en la cabeza, costillas y otras partes del cuerpo. Los hechos fueron denunciados a través de familiares del preso cuando tuvieron conocimiento de lo ocurrido. FP - 7.- El 19 de agosto, en la prisión de Villanubla (Valladolid), apareció muerto CELESTINO RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ, quien había regresado ese mismo día de un permiso penitenciario. La mañana transcurrió con normalidad. Después de comer entró en su celda, donde fue encerrado por los funcionarios de la galería, como el resto de los presos. Poco después, su cadáver fue hallado con señales de fuertes golpes en la frente y nuca. La versión difundida por la dirección de la Prisión y avalada por una primera autopsia, que se limita a recoger, pero no analiza los golpes indicados, es que la muerte de Celestino se produjo por ingestión masiva de drogas. Sin embargo sendos informes forenses, solicitados por la familia del fallecido y firmados por los doctores Cabeza y Frontela, indican que la cantidad de droga encontrada en la sangre de Celestino no es suficiente para causar la muerte de una persona y, según el Dr. Frontela, que ésta ha sido causada de forma homicida por golpes en frente y nuca ocasionados por un objeto romo y sin aristas (una porra de las utilizadas por los funcionarios de prisiones, por ejemplo). El Juzgado de Instrucción nº 1 de Valladolid, a quien corresponde investigar lo ocurrido, rechazó la personación en la causa y como acusación popular de la Asociación Contra la Tortura, Madres Unidas contra la Droga y Coordinadora de Barrios de Madrid, con el peregrino argumento de que la querella presentada no iba redactada en papel de oficio. Presentada la misma querella, pero esta vez en papel de oficio, el juzgado desestimó nuevamente la querella argumentando que, pese a estar abiertas diligencias previas por la muerte de Celestino Rodríguez y a pesar de los informes forenses indicados, la muerte de Celestino Rodríguez no es constitutiva de delito. La resolución ha sido recurrida y está pendiente de resolución. Mientras tanto la causa sigue su curso gracias a la intervención de la acusación particular. FP - 8.- El 31 de agosto, MIKEL VÁZQUEZ DE LUIS, preso en la cárcel de Bonxe (Lugo), fue objeto de una agresión por parte de varios funcionarios según la denuncia presentada. Tras la denuncia, tanto el médico de la prisión como el médico forense, acreditaron la existencia de lesiones. Según la denuncia, en la tarde de ese día, Mikel Vázquez fue requerido por un funcionario para que recogiese sus cosas para ser cambiado de celda. Mikel Vázquez exigió del jefe de servicio que le diesen explicaciones sobre este traslado, pues sólo hacía 13 días que había sido cambiado de celda. El jefe de servicio abandonó la celda en que se encontraba Mikel Vázquez, regresando momentos después con un importante número de funcionarios, uno de los cuales llevaba una porra y fue el que comenzó la agresión, que continuó con profusión de golpes y patadas por todo el cuerpo de Mikel Vázquez. FP - 9.- Un ex preso de 27 años, de la cárcel de Picassent (Valencia), comunicó, por escrito, al Comité Ciudadano Anti-SIDA de la Comunidad Valenciana, las torturas y vejaciones a las que fue sometido los días 14 y 15 de septiembre por cuatro funcionarios del centro penitenciario. Dicha denuncia fue remitida al Sindic de Greuges, solicitando el anonimato del denunciante por temer por su seguridad. Según la denuncia presentada, el 14 de septiembre, el preso, acogido al programa de dispensación de metadona, acudió a la enfermería de la prisión para recoger su dosis diaria. Allí, en una conversación con otros preso llamó "guardia" a unos de los funcionarios quién, molesto por esta denominación, le amenazó con hacerle la vida imposible en los días que le quedaban para cumplir la condena y que podría "salir con los pies por delante". Sobre las 10,30 horas de la noche de ese mismo día, cuatro funcionarios, entre los que se encontraba aquel con el que había tenido el incidente por la mañana, se presentaron en su celda y le trasladaron, sin explicación alguna, al módulo 7, reservado a presos FIES. Una vez en la celda le obligaron a desnudarse, le echaron una manta encima y le rociaron con dos mangueras de agua a presión, tras lo que le propinaron diversos golpes y patadas. Al día siguiente, se repitió la sesión de golpes. FP - 10.- Varios funcionarios de la madrileña cárcel de Carabanchel penetraron en la noche del 22 de octubre en la celda, de la séptima galería, donde se encontraba el ciudadano de origen magrebí MOHAMED M. al que golpearon en la cabeza, causándole lesiones de las que tuvo que ser asistido en la enfermería de la prisión (recibió catorce puntos de sutura). Los funcionarios de servicios en la galería el día de la agresión pretenden que las lesiones sufridas se las causó el mismo Mohamed al caer de su cama y golpearse en la cabeza. Tras la agresión, Mohamed fue trasladado a una celda de aislamiento y, posteriormente, a otra prisión. FP - 11.- Durante los días 23, 24 y 25 de octubre, MANUEL PÉREZ FORNAS, preso en la prisión de Picassent (Valencia), disfruta un permiso penitenciario y aprovecha para realizar una serie de pruebas médica en el Hospital de La Fe en Valencia, pues en las últimas semanas su estado de salud había empeorado dado que padecía infección de VIH y varias infecciones oportunistas, además de toxoplasmosis cerebral que se manifestaba en una parálisis del lado derecho ( extremidades superior e inferior y facial ) y le impedía articular palabras con claridad. Reingresa en la prisión el 26 de octubre, y a primera hora de la mañana acude a la consulta médica, donde es reconocido. Poco después, un funcionario de la prisión le indica que le van a trasladar a la enfermería. Manuel Pérez solicita que se le permita recoger algunos utensilios de su celda. El funcionario que le comunica el traslado de celda, así como el jefe de servicios del módulo, de nombre SALVADOR, y otros dos funcionarios más comienzan a golpear a Manuel Pérez y a decirle que está drogado. Como consecuencia de esta agresión, Manuel Pérez sufre un hematoma periorbital y conjuntivital derecho, con deformación del arco supracilar derecho y otras lesiones en cuello y omóplato zona lumbar. Después de golpearlo, y contraviniendo las órdenes recibidas del médico de la prisión, los cuatro funcionarios conducen a Manuel Pérez al departamento de aislamiento, donde vuelven a golpearlo. El estado de Manuel Pérez se va agravando hasta que, a las 18 horas, se avisa al médico de guardia, quién, tras examinarlo y certificar las lesiones que sufría, ordena su inmediato traslado a la enfermería, pese a lo cual este traslado aún tardará una hora en producirse. Una vez en la enfermería, su estado continúa agravándose y, en días posteriores, es trasladado hasta el Hospital penitenciario. En la madrugada del 16 de noviembre, tras una hemorragia generalizada, entra en coma, por lo que es trasladado al Hospital general Universitario de Valencia, donde fallece dos horas después de ingresar. Por estos hechos la Asociación Contra la Tortura, en unión de la Coordinadora de Barrios de Madrid y Madres Contra la Droga, también de Madrid, han formulado una querella ante el juzgado de Picassent contra el director de la prisión, JOSÉ PARDO y los funcionarios con números profesionales 10.639, 10.616, 17.120, 18.011 y 17.049. FP - 12- MANUEL GARCÍA MARTÍN, preso en el módulo de ingresos de la cárcel de Valdemoro (Madrid), denunció ante los Juzgados de Madrid la agresión de la que fue objeto, el 10 de noviembre, por parte de dos funcionarios del centro penitenciario de nombre LUIS y VÍCTOR, para que no dejase de hablar de las agresiones a otros presos de las que había sido testigo. En concreto, Manuel García denunció haber sido testigo de las siguientes agresiones en el módulo de ingresos del centro penitenciario de Valdemoro: El 19 de marzo de 1995, un funcionario de nombre FELIPE agredió al preso FRANCISCO LÓPEZ MAZUGLA. Este funcionario amenazó al día siguiente a Manuel García por haber comentado esta agresión con el subdirector de seguridad de la prisión. No hay constancia de que esta agresión haya sido investigada. El 19 de octubre, varios funcionarios, entre los que se encontraban los llamados LUIS, JUAN y VÍCTOR, agredieron al ciudadano italiano CARLINI FAGRIAJO. FP - 13.- El 13 de noviembre, RAFAEL C. M., preso en la cárcel madrileña de Soto del Real, fue objeto de una agresión por parte de cinco funcionarios de la prisión, según la denuncia presentada por otro preso, testigo de los hechos, ante el Juzgado de Vigilancia penitenciaria Número Uno de Madrid. Según esta denuncia, Rafael C. M. recibió de varios funcionarios la orden de preparar sus cosas para ser trasladado de inmediato a una cárcel catalana. Rafael C. protestó por esta orden y exigió poder despedirse antes de su compañera, también presa en la prisión de Soto del Real, en otro módulo. Poco después se personaron en la celda dos jefes de servicios, uno de ellos apodado "EL CEPA". Entre los funcionarios sacaron a la fuerza a Rafael C. de la celda y lo trasladaron al rastrillo, cerrando la cancela, donde golpearon a Rafael C. Tras la agresión Rafael C. se produjo varios cortes en el cuello, sin que los funcionarios hiciesen nada por evitarlo. Posteriormente volvieron a golpearlo y lo trasladaron, finalmente, a una celda de aislamiento. FP - 14.- El 15 de noviembre, IGNACIO BILBAO GOIKOETXEA, preso en la cárcel de Tenerife II por pertenencia a ETA, fue agredido por varios funcionarios de la prisión cuando, estando participando en una huelga de hambre que desde hacía casi un mes llevaban a cabo los presos vascos en esa prisión, fue obligado a salir de la celda por varios funcionarios. Poco después, y como consecuencia de que los funcionarios habían registrado la celda y sus pertenencias mientras estaba fuera de ella, Ignacio Bilbao se negó a regresar a la misma. Después de la agresión, Ignacio Bilbao fue trasladado a una celda de aislamiento bajo la acusación de haber sido él quien agredió a un funcionario. FP - 15.- Familiares de F. J. Q., preso en la cárcel de Martutene (Guipúzcoa), denunciaron ante el Juzgado de Guardia de San Sebastián, la agresión sufrida por el joven, con un 62% de subnormalidad, por parte de varios funcionarios del centro penitenciario el 18 de noviembre. Después de la agresión sufrida, F. J. fue ingresado en una celda de aislamiento y esposado a la cama de pies y manos, a pesar de las numerosas marcas de los golpes que presentaba. FP - 16.- El 16 de noviembre, JUAN LUIS SÁNCHEZ GONZÁLEZ ingresó en la cárcel Jaén II, procedente de la prisión de Huelva, como castigo a un incidente que había tenido en esta prisión con un funcionario de la misma. Desde la misma noche de su ingreso, Juan Luis Sánchez fue objeto de continuas amenazas y golpes por parte de funcionarios de la prisión jienense, lo que se fue repitiendo día tras días. Juan Luis Sánchez comentó esta situación con otros compañeros de la prisión y manifestaba que, si no cesaba el maltrato del que estaba siendo objeto, se suicidaría. Varios presos dirigieron el 20 de noviembre denuncias al Juzgado de Vigilancia Penitenciaria sin que estas denuncias fuesen atendidas. El día 29 de noviembre, sin que el maltrato del que era objeto hubiese cesado un sólo día, Juan Luis Sánchez apareció ahorcado en su celda. La Asociación Contra la Tortura, Madres Unidas Contra la Droga y la Coordinadora de Barrios de Madrid se personaron en la causa en el ejercicio de la Acción Popular. Los presos que habían denunciado el maltrato a Juan Luis Sánchez y sus amenazas de suicidarse si éste no cesaba, ratificaron ante el juzgado sus escritos de denuncia. Por su parte, el director de la prisión, JUAN PEDRO PUERTO ROA, el subdirector de seguridad, ANTONIO SALCEDO HIGUERAS, y el jefe de servicios, FRANCISCO CAMPOS OLIVAS, negaron que se hubiese producido malos tratos a Juan Luis Sánchez. Posteriormente, el Juzgado de Instrucción nº 3 de Jaén, archivó la causa al estimar que la causa de la muerte de Juan Luis fue el suicidio y que el informe de autopsia no indicaba nada sobre posibles lesiones o señales de maltrato. La Audiencia Provincial de Madrid, ante el recurso presentado por la asociaciones querellantes, ratificó el archivo de la causa. FP - 17.- Según la denuncia formulada, el 28 de noviembre un grupo de funcionarios de la cárcel de Villanubla (Valladolid), agredió al preso RAMÓN SAN ANTONIO MEDINA, después de que este profiriese palabras malsonantes en uno de los pasillos de la prisión. La denuncia formulada fue firmada, además de por el agredido, por otros siete presos de la cárcel, todos ellos incluidos en el fichero FIES. FP - 18.- El 29 de noviembre, JON ETXEANDIA, preso por pertenencia a ETA en la cárcel de Málaga, fue objeto de una agresión por varios funcionarios de la prisión, según la denuncia efectuada por sus familiares, después de haber sufrido un incidente con otros dos funcionarios. Como consecuencia de la agresión, Etxeandía presentaba diversas heridas en la cabeza y la cara, así como fractura de un brazo. Tras la agresión, que fue conocida por el testimonio de otros preso en la misma cárcel, el director de la prisión de Málaga, prohibió a Jon Etxeandía el contacto telefónico que mantenía con la psicóloga que le atiende en la dolencia psíquica que padece, pero que es negada por los responsables médico de Instituciones Penitenciarias. FP - 19.- A finales de año, JOAQUÍN RAMÍREZ MORENO, preso en la cárcel de Sevilla 2, tuvo una discusión en el economato de la prisión con el funcionario MANUEL MIGUEL ÁLVAREZ. Tras esta discusión el jefe de servicios, JULIÁN MORÓN FERNÁNDEZ, ordenó el traslado de Joaquín Ramírez a una celda de aislamiento. Allí Joaquín fue golpeado por el funcionario AMBROSIO ARIAS PUERTA, mientras Manuel Miguel Álvarez lo sujetaba. Durante la agresión estuvo presente el jefe de servicios, Julián Morón, que no intervino en la misma pero tampoco hizo nada por evitarla. Joaquín Morón sufrió lesiones de las que tuvo que ser asistido en la enfermería de la cárcel por el médico EMILIO PÉREZ ACEDO, quién, en un primer parte, hace constar las lesiones que Joaquín sufría en la cabeza y, en un segundo parte, manifiesta que las mismas son producto de autolesiones. La Asociación Pro Derechos Humanos de Andalucía ejerce la acusación Popular en la causa abierta por delitos de denegación de auxilio, rigor innecesario y abuso de autoridad.